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domingo, 13 de abril de 2025

CSJN: Improcedencia de la medida cautelar que ordena al municipio demandado abstenerse de ejecutar una sentencia dictada en otro fuero

Partes: Autoservicio Mayorista Diarco S.A. c/ Municipalidad de La Matanza s/ acción declarativa de inconstitucionalidad


Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:


Fecha: 12 de marzo de 2025


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-155110-AR|MJJ155110|MJJ155110


Voces: RECURSO EXTRAORDINARIO – CUESTIÓN FEDERAL – MEDIDAS CAUTELARES – MUNICIPALIDADES


Improcedente medida cautelar que ordena al municipio demandado abstenerse de ejecutar una sentencia dictada en otro fuero.



Sumario:

1.-Es procedente el recurso extraordinario pues la protección cautelar establecida en el sub examine conforma una suerte de inmunidad jurisdiccional de carácter genérico de la empresa actora frente al municipio demandado, que se traduce en la afectación de la institución municipal, que enerva el sistema federal en cuanto impide u obstruye la actuación de la jurisdicción provincial en su propio ámbito material y geográfico, constatándose la existencia de materia federal, toda vez que la intervención de la justicia federal en la provincia se tradujo en la mengua del poder municipal y la afectación del sistema federal como consecuencia de la privación de efectos de una sentencia firme (arts. 7 y 18, Constitución Nacional ).


2.-Si bien las sentencias que refieren a medidas cautelares no revisten, en principio, el carácter de sentencias definitivas, en los términos que exige el art. 14 de la Ley 48 para la procedencia del recurso extraordinario, esa regla cede cuando aquéllas causen un agravio que, por su magnitud y circunstancias de hecho, pueda ser de tardía, insuficiente o imposible reparación posterior.