Al no demostrar voluntad de generar más dinero se rechaza el pedido de reducir la cuota alimentaria
La Jueza para fallar argumentó que los progenitores tienen el deber de proveer la asistencia del hijo menor, y para ello deben realizar todos los esfuerzos que resulten necesarios, realizando trabajos productivos, sin que puedan excusarse de cumplir con su obligación alimentaria invocando falta de trabajo o de ingresos suficientes, cuando ello no se debe a imposibilidades o dificultades prácticamente insalvables, manteniendo la cuota en un 20% sobre los haberes del actor.
E.C.D. C/ S.M. S/ MODIFICACIÓN DE PRESTACIÓN ALIMENTARIA – JUZGADO DE FAMILIA – VILLA REGINA – 5/11/2024
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