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sábado, 15 de junio de 2024

Prisión perpetua para una pareja de amantes por un asesinato

2017 - La sala I de la Cámara Penal de San Martín los condenó por el homicidio calificado del marido de la mujer, en 1998.



Una mujer y su amante fueron condenados hoy a prisión perpetua por el asesinato del marido de ella, ocurrido en enero de 1998, en el segundo juicio oral al que fueron sometidos por el mismo hecho, debido a que el anterior fue anulado por un error procesal.


La sala I de la Cámara Penal de San Martín, integrada por Mario Fernández Bermego, Carlos Hermelo y Silvio Chagay, condenó a Elina Sonia Lambir y Jorge Orlando Camiña por el delito de “homicidio calificado por el vínculo”, aunque la mujer continuará en libertad, tal como llegó al debate oral, hasta que la sentencia quede firme.


Lambir fue excarcelada bajo el pago de una fianza durante la instrucción del caso y continuará en esa situación porque la fiscal del juicio, Laura Pascual, no reclamó en su alegato la revocatoria del beneficio.


La abogada querellante, María Encarnación García, expresó su preocupación por la situación de Lambir. "Vamos a hacer todo lo posible para que sea detenida. Por eso estamos analizando la presentación de un escrito para pedir que se revoque el beneficio excarcelatorio", dijo.


"Los jueces hicieron hincapié en que debió ser la fiscal la que tenía que pedir que se revoque la excarcelación", aseguró García.


La pena que recibieron hoy Lambir y Camiña es la misma que le habían aplicado a los acusados en el juicio anterior -luego anulado- por el asesinato de Luis Ignacio Brizzio, atacado a golpes y calcinado el 16 de enero de 1998.


El 10 de abril de 2001, Lambir y Camiña también fueron condenados a prisión perpetua por la Sala II de la Cámara Penal de San Martín, integrada por Martín Moreno, Javier Iacaruso y María Petriz.


En esa oportunidad, ambos recibieron esa sentencia por ser coautores del delito de "homicidio agravado por el vínculo y alevosía", y en la mismo fallo fue sobreseído Carlos Cáceres, amigo de los imputados.


Pero el 8 de julio de 2003, la Sala III del Tribunal de Casación Penal de la provincia de Buenos Aires, compuesta por Carlos Mahiques, Ricardo Borinsky y Federico Domínguez, por dos votos a uno anuló la sentencia por un error procesal y ordenó un segundo juicio oral.


En este segundo juicio, a diferencia del anterior, declaró la hija de la acusada y la víctima, quien fue testigo presencial del crimen, cometido cuando ella tenía sólo ocho años.


El cadáver de Brizzio fue hallado el 16 de enero de 1998 por vecinos de la localidad de Cuartel Quinto de Moreno, en el interior de un Ford Sierra verde, totalmente calcinado.


Según las pericias Brizzio fue brutalmente golpeado en su casa de la calle Carlos Tejedor 3278 de Caseros y aún con vida fue arrojado al baúl del auto que los asesinos prendieron fuego.


Ese mismo día, la esposa de la víctima se presentó en la comisaría Villa Pineral donde denunció que estaba preocupada porque su marido había salido a trabajar por la mañana y no había regresado.


Los policías determinaron que el auto quemado pertenecía a Lambir y al interrogarla en su finca, la mujer manifestó que su esposo debía haber regresado hacía varias horas.


Finalmente, los investigadores determinaron que los autores de la muerte de Brizzio habían sido su esposa y Camiña, un remisero soltero con el que aquélla mantenía una relación extramatrimonial.


Según se estableció, la pareja se veía en forma clandestina desde hacía meses y quería "quitarse de encima" a Brizzio, por lo que planearon matarlo.