Partes: C. S. B. y otros s/ declaratoria de herederos
Tribunal: Cámara de Apelación en lo Civil, Comercial y Laboral de Rafaela
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: II
Fecha: 1 de junio de 2023
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-144146-AR|MJJ144146|MJJ144146
Voces: SUCESIONES – FILIACIÓN – HEREDEROS FORZOSOS – CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN – ACCIÓN DE PETICIÓN DE HERENCIA – DECLARATORIA DE HEREDEROS
La sentencia no firme que declaró a una persona hija del causante, no es título suficiente para justificar el carácter de heredero.
Sumario:
1.-La sentencia que declaró a la recurrente hija del causante, pero que no se encuentra firme por haber sido apelada, no resulta título suficiente para justificar el carácter de heredero de acuerdo a lo previsto por los arts. 591 , 596 y cc del CPCCN, sin que ello conduzca a estado de indefensión alguno a la recurrente ya que en la hipótesis de que adquiera autoridad de cosa juzgada la sentencia que la reconoce como hija del causante, podrá requerir la ampliación de la declaratoria de herederos (arts. 593 , 595 y cc, CPCCN) o eventualmente promover una acción de petición de herencia (arts. 2310 a 2315 del CCivCom. y 596 -segundo párrafo-, CPCCN).
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