Partes: Fernández Bernardo Gabriel c/ Gómez César Gabriel y otro s/ Indemnización laboral
Tribunal: Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Corrientes
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:
Fecha: 8 de febrero de 2023
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-141464-AR|MJJ141464|MJJ141464
Si el abogado de la parte demandada constituyó domicilio electrónico, no puede alegar que la notificación electrónica de la sentencia haya violado la defensa en juicio de su presentado.
Sumario:
1.-Habiendo constituido domicilio electrónico la parte impugnante, no se configura una violación a la defensa en juicio.
2.-La defensa en juicio no ampara la negligencia de los litigantes, siendo inaceptable el planteo que formuló el recurrente; no es menos evidente que de haber cumplido esa parte con la carga procesal de controlar la notificación en tiempo oportuno no habría experimentado el perjuicio que tardíamente y en un sentido opuesto al que conformara su comportamiento anterior, ahora alega.
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