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martes, 4 de octubre de 2022

La Suprema Corte aceptó que el Gobierno intervenga en el conflicto por la Reina de Guaymallén

La Suprema Corte de Justicia avaló en fallo plenario la intervención del Gobierno de Mendoza en el conflicto por la Reina de la Vendimia de Guaymallén por tratarse de una cuestión vinculada al patrimonio cultural de la provincia.



Cinco de los siete supremos suspendieron, para reconducirlo, el proceso principal que inició la Corenave contra la ordenanza municipal 9196- avalada por el intendente Marcelino Iglesias-, que decidió que Guaymallén eliminaba la elección de la reina/embajadoras/representantes a partir de este año.


Quienes firmaron la resolución fechada el 29 de septiembre son: Dalmiro Garay, Teresa Day, Omar Palermo, Pedro Llorente y José Valerio. Por estar de licencia no suscribieron Mario Adaro y Julio Gómez.


El Gobierno de Mendoza tiene ahora un plazo de 15 días para comparecer en el caso, contestar demanda y articular excepciones. Su intervención había sido solicitada por la Fiscalía de Estado.


El pedido a la Suprema Corte de Justicia por el Patrimonio Cultural de Mendoza

Cuando el conflicto judicial estalló, en las semanas previas a la Fiesta Nacional de la Vendimia 2022, el Estado provincial argumentó, con la intención de intevenir, que "las cuestiones ventiladas en la causa forman parte del Patrimonio cultural de la provincia como derecho de incidencia colectiva".


Hasta el gobernador Rodolfo Suarez se pronunció públicamente horas antes del festejo cuando señaló que Guaymallén debía tener representante en la Fiesta mayor de Mendoza y opinó que, en este contexto de conflicto judicial, la soberana 2020, Sofía Grangetto, debía calzarse los atributos.


Por entonces, la Sala II de la Suprema Corte de Justicia suspendió la aplicación de la ordenanza de Guaymallén y dejó abierto el proceso. Quedó latente el llamado a audiencia pública, de parte de los supremos, para que todos los involucrados en el tema Vendimia (Gobierno, Municipios, Ex Reinas, etc.) dieran sus puntos de vista.


Ahora, el pleno sorprendió con esta decisión, que abre el juego hacia una definición con mayor institucionalidad.


"El objeto del litigio planteado, por su importancia pública, trascendería los meros intereses de las partes e involucraría a los de la Provincia de Mendoza al referirse a un bien inmaterial del patrimonio cultural, cuyo deber de conservación y garantía de acceso corresponden al Estado provincial" "El objeto del litigio planteado, por su importancia pública, trascendería los meros intereses de las partes e involucraría a los de la Provincia de Mendoza al referirse a un bien inmaterial del patrimonio cultural, cuyo deber de conservación y garantía de acceso corresponden al Estado provincial"

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