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domingo, 21 de noviembre de 2021

IVA, ganancias y las Criptomonedas en Argentina

¿Qué impuestos de AFIP deben pagar los que operan con criptomoneda en Argentina? La criptomoneda adquirió mucha popularidad en el último tiempo. Se trata de dinero digital. No existen billetes físicos, sino que todas las operaciones se realizan de manera virtual. Los usuarios la utilizan para invertir, realizar determinadas transacciones, o ahorrarlas con el fin que a futuro aumenten su valor. 



Si bien la regularización por parte de AFIP sobre la criptomoneda es reciente, ya se conocen algunos parámetros impositivos. Es importante hacer una diferenciación entre las personas humanas que operan con moneda virtual, y los exchanges, es decir, las plataformas que ofrecen el servicio de intercambio por comisiones (esta actividad esta gravada en IVA).


En lo que respecta a los usuarios de criptomoneda, la situación impositiva ante AFIP es la siguiente:

IVA, no gravado

Aquellas personas físicas (humanas) que sean usuarios de criptomoneda, es decir, que operen, inviertan o realicen cualquier otra transacción, no estarán alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado. 

Esto es así debido a que, según la Ley de IVA, los elementos objetivos del impuesto son 

  1. la venta de cosas muebles,
  2.  las obras, y
  3.  las locaciones o prestaciones de servicios.

Las operaciones con criptomonedas no se encuadran en ninguna de estas categorías.

Lo mismo sucede con el Régimen Simplificado (Monotributo): las transacciones con moneda virtual no pertenecen a ninguna de las actividades económicas alcanzadas por este impuesto: venta de cosas muebles, locaciones y/o prestaciones de servicios.

Sin embargo, las comisiones generadas por la compra o venta de criptomonedas sí están gravadas en IVA. Por lo tanto, si una persona humana cobra una comisión generada por una gestión de criptomoneda, en ese caso sí estará alcanzada por el Impuesto al Valor Agregado. Ej supuesto cajero de airtm


Ganancias, gravado

Para el caso de Ganancias, los usuarios (personas humanas) que realicen operaciones con criptomoneda, y obtengan una ganancia vinculada a la diferencia entre la compra y la venta, sí estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias. 


En el caso de que la operación tenga lugar en el país, se considerará renta de fuente argentina. Si, en cambio, la plataforma de criptomoneda no está radicada en el territorio nacional, será renta de fuente extranjera.


Impuestos de AFIP que deben pagar las plataformas de criptomoneda en Argentina

Las empresas que ofrecen las herramientas para el intercambio de criptomoneda se conocen como exchanges. Son las plataformas a las cuales los usuarios se adhieren para operar. Estas cobran comisiones por las gestiones que las personas realizan. 


Al tratarse de una prestación de servicio, estas empresas sí están alcanzadas por el Impuesto al Valor Agregado (siempre que estén radicadas en el país). El objeto del impuesto es, en este caso, la comisión que los exchanges reciben de los usuarios de la plataforma.


De igual manera, los ingresos que las empresas de criptomoneda generan al cobrar las comisiones por las gestiones de los operadores, se encuentran gravados en el Impuesto a las Ganancias.

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