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jueves, 18 de noviembre de 2021

Solicitud de unificación de CUIL – ANSES

Contar con tu CUIL te permite acceder a los programas y prestaciones de la Seguridad Social, como ser el cobro de Asignaciones Familiares, la Asignación Universal por Hijo o las jubilaciones y pensiones. Además, es necesario para realizar trámites en otras entidades públicas, en bancos, registros de automotor, etc.



El Código Único de Identificación Laboral (CUIL) se genera automáticamente al inscribir un menor ante el Registro Nacional de las Personas, es decir, cuando saca el DNI. Sin embargo, pueden existir casos anteriores a esta modalidad que requieran realizar el trámite de generación de CUIL.


Si sos extranjero y querés trabajar en el país en relación de dependencia, debés generar un CUIL provisorio en ANSES, luego de realizar los trámites necesarios en migraciones. Una vez que hayas obtenido tu DNI para extranjeros o naturalizados, deberás generar el CUIL definitivo solicitando la unificación con el provisorio.


Para solicitar la unificación de CUIL se debe presentar el formulario PS1.48 Solicitud Unificación de CUIL.

https://www.anses.gob.ar/sites/default/files/formulario/2020-07/PS%201.48%20Solicitud%20Unificacion%20de%20CUIL.pdf

Documentación

La documentación  a presentar varía según el caso:


Argentinos

Mayores de 18 años: DNI

Menores de 18 años: partida de nacimiento del menor y DNI de los padres y el menor.

Extranjeros

Mayores de 18 años


DNI para extranjero/naturalizado.

Si aún no tiene DNI

Expediente de migraciones donde conste el tipo de residencia vigente y el ingreso al país.

Pasaporte en el que conste tipo de residencia, la cual no debe ser turista o permanente.

Permiso de ingreso al país expedido por Consulados o en virtud de Convenios Internacionales.

Menores de 18 años


Partida de nacimiento con la información del menor y los padres. Si fue emitida en el extranjero debe estar legalizada o apostillada y si no está en español debe ser traducida. Las partidas de nacimiento de Italia, España, Portugal, Grecia, Chile, Colombia, Brasil, Perú, Paraguay y Uruguay quedan exceptuados del visado, traducción y legalización y apostilla.

DNI del hijo y de los padres.

En el caso de un hijo adoptado: testimonio o copia de la sentencia de adopción, DNI del hijo y de los padres adoptantes.

Con residencia permanente en el exterior que lo requieran para una prestación de la Seguridad Social


Documento del país de origen, formulario de solicitud de aplicación certificado en caso de existir un Convenio Internacional.

Trámite

El trámite es presencial sin turno.


Si ya tenés CUIL podés obtener la constancia por la web. También podés hacerlo ingresando a Mi ANSES, llamando al 130 o en una oficina de ANSES sin turno.

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