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martes, 1 de septiembre de 2020

572 web: AJUSTES POR MONTOS RETROACTIVOS

Al presionar dicha ruta de acceso, el SiRADIG le exhibirá una pantalla de trabajo donde Usted
deberá informar, de corresponder, aquellos Ajustes de Haberes Retroactivos de Otros
Empleadores Percibidos durante el Período Fiscal que declara.



En esta pantalla deberá exteriorizar el monto de los ajustes de haberes correspondientes a años
anteriores abonados por otro empleador y que fueran cobrados por Usted en este período que
está declarando.

A continuación, una breve explicación sobre los campos que deberá informar.
ANTE PAGOS RETROACTIVOS OPTO POR EL MÉTODO DE LO PERCIBIDO:
Deberá tildar este campo de carga obligatoria a fin de incorporar los datos en los campos que
seguidamente explicaremos.
CUIT: Campo de carga obligatoria. Deberá ingresar la CUIT del agente pagador que le realizó
el pago de haberes retroactivos que Usted está informando.
AÑO: Campo de carga obligatoria. Deberá ingresar el año al cual corresponde dicho ajuste
que Usted está informando.
MONTO RETROACTIVO COBRADO: Campo de carga obligatoria. Deberá ingresar el
monto del ajuste del haber retroactivo que Usted está informando.
Para que se incorpore la información en la Base de Datos del SiRADIG, deberá presionar el
botón “Guardar”.

En otras palabras, Si se perciben ajustes de haberes retroactivos que correspondan a períodos fiscales anteriores al declarado y los mismos fueron liquidados por otro empleador distinto a su agente de retención actual ¿cómo y dónde se deben informar en el F. 572 web?

►Si no se optara por imputarlos al período fiscal del devengamiento y el agente pagador fuera distinto a su agente de retención actual, se deberá ingresar en la pestaña "Carga de Formulario", hacer clic en "Ajustes" y seleccionar la opción "Ajuste por Montos Retroactivos", en el cual deberá consignar la CUIT del sujeto pagador.

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