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viernes, 10 de julio de 2026

Asistencia al viajero: Sufrió una urgencia cardíaca en Miami, pagó la factura médica de su bolsillo y demandó a la asistencia al viajero. La Justicia ordenó el reintegro y calificó de abusiva la exigencia de aviso previo

 Partes: Gancedo Gustavo Francisco c/ Assist Card S.A. s/ ordinario


Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: B


Fecha: 11 de marzo de 2026


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-159863-AR|MJJ159863|MJJ159863


Voces: DAÑOS Y PERJUICIOS – INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL – PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR – SERVICIOS DE ASISTENCIA AL VIAJERO – CLÁUSULAS ABUSIVAS – CLÁUSULAS PREDISPUESTAS


Carácter abusivo de la cláusula del contrato de asistencia al viajero que conduce a la pérdida de la cobertura de una contingencia médica real.


Sumario:

1.-La cláusula del contrato de servicio de asistencia al viajero que establece que ‘Todo evento o necesidad de asistencia deberá ser informado en forma inmediata (máximo 72 horas) a la Central Operativa de ASSIST CARD antes de incurrir en gastos o de recibir atención médica, es abusiva por cuanto en el caso conduce a un resultado desproporcionado, cual es, la pérdida total de la cobertura frente a una contingencia médica real, siendo que el actor tuvo un cuadro médico de urgencia, y la cláusula desvirtúa la finalidad del contrato, desnaturaliza las obligaciones del predisponente e importan una restricción de los derechos del consumidor (art. 37, incs. a y b , ley 24.240 y art. 988 , CCivCom.).