Partes: Guerrero Iraola, Juan Honorio y otros c/ PEN y otro s/ incidente medida cautelar
Tribunal: Juzgado Civil, Comercial y Contencioso Administrativo de La Plata
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: 2
Fecha: 25 de febrero de 2025
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-154967-AR|MJJ154967|MJJ154967
Voces: BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA – BANCOS – MEDIDAS CAUTELARES – PRIVATIZACIONES – VEROSIMILITUD DEL DERECHO – PELIGRO EN LA DEMORA – DIVISIÓN DE PODERES – NORMAS DE EMERGENCIA – DECRETOS DE NECESIDAD Y URGENCIA – SOCIEDAD ANÓNIMA
Se suspenden los efectos del DNU 166/25 que convierte en Sociedad Anónima al Banco de la Nación Argentina.
Sumario:
1.-El decreto 116/2025 se trataría de un decreto delegado dictado en exceso, en tanto la interpretación del alcance de la delegación fijada en el art. 3 de la Ley Bases debe ser integrada con el resto de la norma, en especial con el capítulo en el que se excluyó de las privatizaciones al Banco de la Nación Argentina, como así también con el modo en que se desarrolló y se alcanzaron los consensos durante el debate parlamentario.
2.-Di el objeto y la intención del Poder Ejecutivo es la privatización o el cambio del estatus jurídico del Banco de Nación, por fuera de los mecanismos previstos en la Constitución Nacional, corresponde hacer lugar a la medida cautelar a los efectos de que la Cámara de Apelaciones pueda analizar con el tiempo necesario el hecho nuevo incorporado posibles afectaciones a las que ahora alude la actora.
3.-Si bien es cierto que el decreto 116/2025 no declara al Banco Nación sujeto a privatización, sino que modifica su estructura jurídica convirtiéndolo en Sociedad Anónima, también lo es que dicha conversión puede implicar un paso previo a su posible privatización, en tanto permite prima facie el ingreso de capitales privados; circunstancia que si bien deberá ser analizada en el contexto adecuado, escuchando previamente a las partes y respetando los principios del debido proceso y defensa en juicio; imponen ahora el dictado de la medida cautelar.
4.-El Banco de la Nación Argentina es una entidad autárquica cuya creación compete al Congreso Nacional; por lo tanto, es éste el único Poder que tiene la facultad de revocar dicho carácter y cualquier decisión sobre la modificación del estatus de autarquía de una entidad creada por el Congreso Nacional debe emanar exclusivamente del Poder Legislativo.
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