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domingo, 2 de marzo de 2025

El PAMI es responsable por haber incurrido en demoras injustificadas en el proceso administrativo, que fueron la causa por la cual la autorización solicitada no se emitió en tiempo oportuno y en consecuencia, no se practicó la intervención médica antes del desenlace fatal

Partes: D. M. O., D. J. A. y otros c/ Ins. Nac. De Serv. Soc. p. Jub y Pens. s/ daños y perjuicios



Tribunal: Cámara Federal de Apelaciones de Posadas


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:


Fecha: 5 de noviembre de 2024


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-154329-AR|MJJ154329|MJJ154329


Voces: OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS – OBRAS SOCIALES – PAMI – COBERTURA MÉDICA – INTERVENCIÓN QUIRÚRGICA


El PAMI es responsable del daño causado al afiliado a quien autorizó la realización de una intervención quirúrgica luego de transcurridos mas de seis meses de efectuado el pedido.


Sumario:

1.-Es procedente confirmar la sentencia que admitió la demanda indemnizatoria contra el PAMI al haberse acreditado que el Instituto prestó la autorización para la realización de una intervención quirúrgica seis meses y veintisiete días después de su solicitud y que a la fecha de la comunicación, el beneficiario ya había fallecido por causa de la aneurisma diagnosticada, apreciándose también del expediente administrativo donde tramitó la autorización, indicadores de premura categóricos, señalados por el profesional requirente y por el propio instituto en múltiples ocasiones.


2.-Corresponde admitir la demanda de daños y perjuicios porque el devenir del expediente administrativo, revela el cumplimiento de procesos rituales de la obra social donde primó éste último a su finalidad esencial que es la protección de la salud, no observándose acciones concretas de la entidad regente del trámite para impulsarlo en resguardo de la integridad del paciente, sino meras referencias escritas de apremio sin que se observe acción concreta superadora del formalismo ritual interno, lo que permite afirmar que la obra social no actuó en el cumplimiento de su obligación de acuerdo a las exigencias de las circunstancias de las personas, de tiempo y lugar requeridas en el caso, configurándose la antijuridicidad y factor de atribución suficiente.

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