Corresponde condenar a los denunciados como autores responsables de la contravención de Descuido o Abandono de la educación de su hijo, prevista en el art. 120 inciso 6) de la ley 3151 de La Pampa e imponerse la sanción de amonestación, además de ordenarse a los progenitores que inmediatamente reincorporen a su hijo al sistema de educación formal, pudiendo si así lo desean, continuar con el “homeschooling” como modalidad complementaria.
F, M T; C, G c/ MPF s/ impugna absolución – Tribunal de Impugnación Penal de Santa Rosa – 22/8/2024
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