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viernes, 23 de agosto de 2024

¿Qué es la Percepción General Impuesto a los IIBB de CABA?

¿Vendes tus productos u ofreces tus servicios en la Ciudad Autónoma de Bs. As.? ¿Compraste mercadería o contrataste un servicio en esta jurisdicción? Si esto es así, seguramente has visto en alguna de tus facturas de compra la leyenda “Percepción General Impuesto a los IIBB de CABA”. A continuación, te contamos de que se trata.



¿Qué regímenes existen sobre la percepción general impuesto a los IIBB en CABA?

El Impuesto a los Ingresos Brutos es un impuesto que consiste en la aplicación de un porcentaje sobre la facturación de un negocio, independientemente de su ganancia. En ocasiones, también puede tratarse de un valor fijo.


Este impuesto está regulado por las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Cada una define las actividades sobre las que se aplica, quiénes deben pagarlo, quiénes están exentos y el porcentaje o importe que deben pagar.


En la Ciudad Autónoma de Buenos Aires los contribuyentes estarán encuadrados dentro de alguno de los siguientes regímenes:


Régimen Simplificado

Afecta a personas que facturan hasta cierto monto mensual, son monotributistas, con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires que realizan actividades exclusivamente en la Ciudad de Buenos Aires.


Dependiendo de la categoría en la que te encuentres, la cual se determina en función de los ingresos brutos, la superficie afectada y la energía eléctrica consumida, se establece el monto fijo a pagar. Es una cuota que pagas de manera bimestral y no es necesario que realices declaraciones juradas mensuales.


Contribuyentes locales

Dentro de esta categoría se incluye a los contribuyentes que facturan un monto mayor al máximo permitido para el régimen simplificado y que ejercen su actividad solo en CABA.


Si sos parte de esta categoría debes presentar una declaración jurada de manera mensual a través del aplicativo “e-Sicol”, que te permite liquidar el impuesto aplicando la alícuota propia de la actividad sobre la base imponible determinada.


El porcentaje general del impuesto a los IIBB es del 3% para CABA, pero se debe consultar la ley tarifaria vigente. Se paga a través de los medios de pago de AGIP, con tu CUIT y Clave Ciudad.


Convenio Multilateral

En esta categoría tributan aquellos que desarrollan su actividad en dos o más jurisdicciones.


En caso de formar parte de esta categoría, debes presentar la declaración jurada mensualmente a través del aplicativo “SIFERE”. Además, tenes que detallar lo facturado en cada jurisdicción y se aplicará la alícuota que corresponda, según la actividad y la jurisdicción.


¿Qué es la Percepción General Impuesto a los IIBB de CABA?

En este contexto, y a los fines de recaudar impuestos de manera anticipada, se pueden aplicar retenciones y percepciones sobre las operaciones comerciales.


Una “percepción” es un valor adicional que se agrega en la factura que te cobran los proveedores cuando realizas una compra o contratas un servicio, mientras que una “retención” es una quita que se realiza al momento de cobrar.


Cabe aclarar que no son un gasto, sino que se pueden tomar como pago a cuenta del impuesto futuro.


¿A quienes alcanza el IIBB?

La Percepción General Impuesto a los IIBB de CABA alcanza a los siguientes sujetos:


A los inscriptos en Ingresos Brutos en CABA, ya sea como contribuyente local o en el régimen de convenio multilateral, que realicen compras de bienes, alquilen o contraten servicios dentro del ámbito de CABA.

Los sujetos que siendo contribuyentes del IIBB en otra jurisdicción distinta a CABA, realicen compras de bienes, alquilen o contraten servicios dentro del ámbito de CABA.

El monto mínimo sujeto a percepción es de $500.- y la alícuota dependerá de qué tipo de contribuyente seas y de la actividad que realices. Para ello, deberás ingresar en la página de AGIP y consultar el padrón.


¿Como abono mi impuesto a los IIBB de CABA?

Dependiendo en el régimen que te encuentres lo podes pagar de las siguientes maneras:


Régimen Simplificado

Home Banking (pagina web del banco)

Provincia NET

LINK PAGOS

VISA HOME

Contribuyentes locales y Convenio Multilateral

VEP -volante de pago electrónico- que puede ser cancelado desde el Home Banking o desde las redes Link, Banelco (PagoMisCuentas) o Interbanking

¿Qué es la Matriz de Perfiles de Riesgo Fiscal?

percepción General Impuesto a los IIBB de CABA

Actualmente, la Percepción General Impuesto a los IIBB de CABA puede llegar a tener una tasa máxima del 6%.


La aplicación de cada alícuota depende de la conducta fiscal que tengas como contribuyente, calificación que es otorgada por AGIP de acuerdo al grado de incumplimiento que registras.


Estas altas tasas de percepción dan como resultado que los contribuyentes acumulen saldos a favor que luego cuesta recuperar.


Para determinar el riesgo fiscal de los contribuyentes de Ingresos Brutos, AGIP creó la “Matriz de perfiles de riesgo fiscal”, mediante la cual se categoriza a los contribuyentes en distintos niveles de alerta:


0 (muy bajo)

1 (bajo)

2 (medio)

3 (alto)

4 (muy alto)

La calificación de la conducta tributaria esta evaluada en función de distintos parámetros durante un plazo de 24 meses y la categoría de riesgo fiscal asignada será informada al domicilio fiscal electrónico del contribuyente.


De este modo, dependiendo del perfil de riesgo del contribuyente, se aplicará una alícuota u otra en carácter de Percepción General Impuesto a los IIBB de CABA. Así, por ejemplo, quienes estén en el nivel 2, tendrán una alícuota de 5%; mientras que para los niveles 3 y 4, la alícuota será del 6%.


¿Que contribuyente se encuentra exceptuado del Impuesto?

Los contribuyentes inscriptos el Régimen Simplificado del IIBB, están exceptuados de la aplicación de esta matriz. Es decir, que quienes estén en este régimen no deberían sufrir percepciones de ingresos brutos.


Por lo tanto, el resto de los sujetos realicen operaciones comerciales y estén inscriptos en el IIBB como contribuyentes locales, en el convenio multilateral, o bien quienes realicen compras o soliciten la prestación de servicios en CABA, sufrirán percepciones de este impuesto en las facturas de sus proveedores.


Si bien al momento de pagar la factura implica un desembolso de dinero mayor para el contribuyente, este importe que corresponde a la “Percepción General Impuesto a los IIBB CABA” podrá ser tomado a cuenta del pago del impuesto futuro.


Resumen

El Impuesto a los Ingresos Brutos es un impuesto que consiste en aplicar una alícuota sobre la facturación de un negocio o actividad. Esta alícuota dependerá de la actividad que se realice y de la jurisdicción donde se deba tributar este impuesto.


Con el objetivo de anticipar la recaudación del impuesto, se aplican retenciones y percepciones que se verán reflejadas en los cobros a los clientes o en las facturas de los proveedores respectivamente. Ambos conceptos se podrán tomar a cuenta del futuro pago del impuesto, por lo que no son considerados gastos.


Quienes sean contribuyentes de CABA o quienes compren mercaderías o adquieran servicios en dicha jurisdicción, posiblemente observen en sus facturas la leyenda Percepción General Impuesto a los IIBB de CABA, cuya alícuota dependerá no sólo de la actividad, sino también de la Matriz de Perfil de Riesgo Fiscal. Sólo los conttibuyentes incluidos en el régimen simplificado estarán exentos de estos descuentos.

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