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domingo, 11 de agosto de 2024

Honorarios del abogado: La regulación debe realizarse aplicando la norma arancelaria vigente al momento en que los trabajos profesionales fueron realizados

Partes: Kechiyan Inés Silvia y otro c/ Heredia Sergio Osvaldo y otros s/ daños y perjuicios (acc. trán. c/ les. o muerte)



Tribunal: Corte Suprema de Justicia de la Nación


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:


Fecha: 2 de julio de 2024


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-152544-AR|MJJ152544|MJJ152544


Voces: HONORARIOS DEL ABOGADO – REGULACIÓN DE HONORARIOS – HONORARIOS EN EL PROCESO – RECURSO EXTRAORDINARIO – SENTENCIA ARBITRARIA


La regulación de los honorarios de abogados debe realizarse aplicando la norma arancelaria vigente al momento en que los trabajos profesionales fueron realizados.


Sumario:

1.-Los agravios del apelante en torno a la estimación de los honorarios profesionales suscita cuestión federal bastante para su consideración por la vía intentada, pues si bien es cierto que la decisión de temas vinculados con la validez intertemporal de normas de derecho común constituye materia ajena al recurso extraordinario, no lo es menos que la aplicación de una ley nueva no puede modificar o alterar derechos incorporados al patrimonio al amparo de una legislación anterior sin menoscabar el derecho de propiedad reconocido en el art. 17 de la Constitución Nacional.


2.-En materia arancelaria, en el caso de los trabajos profesionales el derecho se constituye en la oportunidad en que se los realiza, más allá de la época en que se practique la regulación; por ello, el nuevo régimen legal -esto es, la Ley 27423 – no es aplicable a los procesos fenecidos o en trámite, en lo que respecta a la labor desarrollada durante las etapas procesales concluidas durante la vigencia de la Ley 21839 y su modificatoria Ley 24432 , o que hubieran tenido principio de ejecución (arg. art. 7°, Decreto 1077/2017, considerandos referidos al art. 64 de la Ley 27.423).

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