Partes: R. M. C. G. c/ P. B. N. s/ Autorizaciones – ley 10.305
Tribunal: Juzgado de Familia de Córdoba
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:
Fecha: 29 de febrero de 2024
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-151884-AR|MJJ151884|MJJ151884
Voces: AUTORIZACIÓN JUDICIAL – DERECHOS DEL NIÑO – INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO – CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN – RESPONSABILIDAD PARENTAL – DERECHO A SER OÍDO
Autorización judicial para que -pese a la oposición del progenitor- una niña de once años de edad pueda salir del país a vacacionar junto a sus abuelos y su tío maternos.
Sumario:
1.-Corresponde conceder la autorización judicial para que la niña salga del país a vacacionar, ya que la menor de once años ha sido clara en manifestar su deseo de realizar el viaje, ha expresado con madurez su deseo de compartir unos días de vacaciones con sus abuelos y su tío y señaló la falta de contacto con su progenitor, quien, si bien se ha opuesto inicialmente a la realización del viaje, lo cierto es que los argumentos que ha esgrimido no logran conmover o no tienen la envergadura suficiente como para, en el contexto general del grupo familiar, echar por tierra la posibilidad de que la niña comparta este viaje junto a sus abuelos maternos, lo que por otro lado es una derivación del derecho de las NNA a preservar las relaciones familiares reconocidos por la Convención sobre los Derechos del Niño con rango constitucional.
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