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jueves, 11 de julio de 2024

El Gobierno creó un “decreto modelo” para quitar fueros sindicales a estatales

El Gobierno de Mendoza estableció un “modelo de decreto” para que las autoridades provinciales apliquen sanciones de suspensión y soliciten la exclusión de la tutela sindical a trabajadores públicos. La medida se adopta luego de un par de reveses judiciales en los que la Suprema Corte de Justicia anuló la quita de fueros gremiales contra estatales y el Ejecutivo reconoció “serias irregularidades o inconsistencias” en los procedimientos.



A través del Decreto N° 1.116, publicado este viernes en el Boletín Oficial, el gobernador Alfredo Cornejo aprobó un “modelo de decreto” para la sanción o exclusión de tutela sindical de los trabajadores de la administración pública provincial.


El Ejecutivo estableció que la utilización de esta herramienta legal será “obligatoria”. Deberá ser usada por todas las autoridades superiores o jerárquicas que apliquen sanciones disciplinarias menores a 15 días de suspensión a agentes que ostenten fueros gremiales. Y también la tendrán que implementar todos los instructores sumariantes en todos los supuestos de aplicación de sanciones disciplinarias mayores a 15 días de suspensión a agentes con tutela sindical.


Asimismo, el modelo será de utilización obligatoria a todo el personal que preste funciones en las secretarías generales u oficinas de despacho de las unidades organizativas centralizadas o descentralizadas, como así también a quienes tengan a su cargo la notificación de los actos administrativos.


El Gobierno provincial adoptó esta medida luego de dos fallos adversos de la Suprema Corte de Justicia de Mendoza respecto a los procesos de exclusión de tutela sindical de dos agentes estatales, Elena Fabiana Yunes y José Fabricio Di Pietro, quienes interpusieron acciones procesales administrativas contra el Ejecutivo.


El último caso trascendió hace un mes y se trata de un empleado del Ecoparque que era delegado sindical de ATE. La Corte provincial anuló el despido del agente estatal por inasistencias injustificadas. La sanción de cesantía había sido dictada “en suspenso” hasta tanto finalizara el proceso judicial de exclusión de tutela sindical en su contra. El tribunal entendió que la decisión del Gobierno provincial tenía “vicios graves” y dejó sin validez la penalidad.


Para evitar nueves reveses en la Justicia, el gobernador y los equipos del Ministerio de Gobierno, Infraestructura y Desarrollo Territorial y de la Asesoría de Gobierno elaboraron este modelo de decreto.


En los fundamentos de la medida, las autoridades provinciales reconocen que “serias irregularidades o inconsistencias” en los casos nombrados anteriormente y hacen hincapié en que los mismos se deben a la “omisión del inicio de las acciones de exclusión de tutela sindical que hubiera correspondido iniciar” o “por la defectuosa e inoportuna notificación del acto administrativo sancionatorio”.


Sostienen que esta situación provocó “la necesidad imperiosa de legislar el procedimiento instrumental, de tal modo que, todas las unidades organizativas centralizadas o descentralizadas, apliquen un solo criterio rector que evite acciones judiciales innecesarias”.


Agregan que este mecanismo permitirá el “respeto por la protección gremial de la que goza el imputado” y lograr “una sentencia favorable en el proceso de exclusión de tutela respectivo, la eficiente aplicación de la sanción propiciada”.


En los considerandos del decreto, plantean que debe acatarse en forma obligatoria, tanto por los instructores de los sumarios, como por las dependencias nombradas que tienen a su cargo la redacción y notificación de los actos administrativos pertinentes”.


“Se estima necesario establecer un modelo base de decreto, a ser completado con las características del caso concreto y de utilización obligatoria en cada oportunidad”, establece la norma.

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