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jueves, 11 de julio de 2024

Alimentos para mayores de edad: Se deja sin efecto el cese de la cuota alimentaria de un joven mayor de 25 años, porque padece una discapacidad

Partes: L. A. E. c/ M. K. E. G. s/ incidente de aumento de cuota alimentaria



Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Junín


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:


Fecha: 28 de mayo de 2024


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-151598-AR|MJJ151598|MJJ151598


Voces: ALIMENTOS – CESACIÓN DE CUOTA ALIMENTARIA – PERSONAS CON DISCAPACIDAD – CÓDIGO CIVIL Y COMERCIAL DE LA NACIÓN


Se deja sin efecto el cese de la cuota alimentaria de un joven mayor de 25 años, porque padece una discapacidad.


Sumario:

1.-Corresponde dejar sin efecto el cese de la cuota alimentaria, ya que, si bien la obligación alimentaria cesa de pleno derecho cuando el hijo cumple veintiún años o veinticinco, en caso de que se capacite; si se trata de una persona afectada en su capacidad que no puede procurarse su sustento, tal obligación debe mantenerse, no basada en los deberes emanados de la responsabilidad parental, sino como consecuencia del cumplimiento de las obligaciones inmanentes al principio de solidaridad familiar.

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