Partes: Superintendencia de Riesgos del Trabajo c/ Municipalidad de Rosario s/ organismos externos
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: B
Fecha: 10 de abril de 2024
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-150402-AR|MJJ150402|MJJ150402
Imposición de multa a una Municipalidad que demoró sin justificación alguna el otorgamiento de prestaciones a trabajadores accidentados.
Sumario:
1.-Es procedente confirmar la multa impuesta a la Municipalidad demandada por transgredir el art. 20, inc. 1, apartado a) , de la Ley 24.557, porque en el caso, no se trata de sancionar incumplimientos ‘formales’, sino de obligaciones que afectan -severamente- a los trabajadores, toda vez que la recurrente demoró injustificadamente el otorgamiento de las prestaciones en especie a su cargo, pese a que manifiesta haber cumplido con las obligaciones a su cargo llevando a cabo conductas que fueron las correctas y que derivaron en las altas médicas correspondientes.
2.-Cuando el art. 32 de la Ley 24.557 dispone sanciones por los ‘incumplimientos’, alude a los de todas las reglas que integran el sistema; es decir de esa ley y sus normas reglamentarias.
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