Partes: G. L. M. y otro c/ Galeno Argentina S.A. s/ amparo
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: A
Fecha: 21 de febrero de 2024
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-149161-AR|MJJ149161|MJJ149161
Voces: AMPARO – MEDIDAS CAUTELARES – OBRAS SOCIALES Y PREPAGAS – MEDICINA PREPAGA – CUOTA DE PLANES MÉDICOS – COMPETENCIA
Competencia del fuero comercial para tramitar el amparo mediante el cual se cuestiona el aumento de la cuota de medicina prepaga que abona el amparista.
Sumario:
1.-Es competente el fuero comercial para tramitar el amparo deducido con el objeto que se condene a una empresa de medicina prepaga a dejar sin efecto los aumentos realizados en los servicios de salud por ella prestados en virtud del DNU N° 70/2023 , y, asimismo, el dictado de una medida cautelar para readecuar las cuotas correspondientes a los planes, hasta tanto se resuelva la pretensión de fondo, ya que en la especie no se trata de un supuesto en el que se encuentren involucradas cuestiones atinentes a la organización del sistema de ‘obras sociales’ y del ‘seguro nacional de salud’ (Leyes 23.660 y 23.661 ) pues, ante todo, la acción guardarÃa relación con los derechos que le asistirÃan a la parte actora como usuario y consumidor de los servicios de medicina prepaga, de acuerdo a los términos previstos por la Ley 26.682 .
