Partes: Tiempo de Ser Felíz S.R.L. c/ Facebook Argentina S.R.L. y otro s/ accion preventiva de daños
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: III
Fecha: 20 de abril de 2023
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-142780-AR||MJJ142780
La filial argentina de una corporación transnacional dueña de servicios de tecnología y de redes sociales debe cumplir la medida cautelar incluso notificando a la sociedad matríz para que facilite la información.
Sumario:
1.-Habiéndose ordenado a la filial argentina de una corporación transnacional dueña de servicios de tecnología y de redes sociales, que brinde información acerca de los datos de conexión y cuenta de correo electrónico asociada a un perfil de una red social, la filial argentina debe arbitrar todos los medios a su alcance para acatar la medida ordenada, a efectos de no quedar sujeta a las consecuencias de su incumplimiento, cupiendo incluso -en ejercicio del ‘espíritu colaborativo’ que predica- que notifique internamente a la sociedad matríz para que, en su caso, facilite al información requerida.
2.-La filial argentina de una corporación transnacional dueña de servicios de tecnología y de redes sociales no puede soslayar que la información le es requerida en el marco de un proceso judicial, por lo que las ‘condiciones’ y la ‘política de datos del servicio de la red social’ redactadas por la sociedad matríz no pueden constituir un obstáculo para el cumplimiento de la manda judicial, al no advertirse que su acatamiento vulnere para los usuarios la expectativa legítima de que sus datos sean protegidos por dicha compañía.


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