Partes: G. M. L. c/ U. F. J. s/ tenencia
Tribunal: Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Huinca Renancó
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:
Fecha: 27 de abril de 2023
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-143482-AR|MJJ143482|MJJ143482
Voces: RÉGIMEN DE COMUNICACIÓN – INTERÉS SUPERIOR DEL NIÑO
Suspensión provisoria del régimen de comunicación entre padre e hija al vislumbrarse una situación de gravedad para su integridad psicofísica al realizar el progenitor críticas hacia su madre y expresarse en forma amenazante.
Sumario:
1.-Teniendo en consideración que las visitas de padres a hijos son mutables, dinámicas y flexibles, y en razón del análisis de las probanzas bastante recolectadas en autos, donde se vislumbra la gravedad para la integridad psicofísica de la menor y -por tanto- la inconveniencia por el momento de continuar con el régimen de comunicación presencial como con la revinculación ordenada entre padre e hija, es que corresponde suspender provisoriamente el mismo, hasta ulterior resolución, sin perjuicio de que, y resguardando la salud psicofísica y emocional de la menor, siempre y cuando ‘ella lo desee y manifieste’, podrá mantener comunicación telefónica con su progenitor, la que puede traducirse en encuentros virtuales, como llamados telefónicos y/o mensajería instantánea o videollamada
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