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martes, 2 de mayo de 2023

Modelo: Promueve Demanda por Incumplimiento de Contrato y Daños y Perjuicios

218. PROMUEVE DEMANDA POR INCUMPLIMIENTO DE

CONTRATO Y DAÑOS Y PERJUICIOS1



Señor Juez:

MM (DNI……..) con domicilio real en …………….., por propio derecho y por la representación que ejerzo en nombre de mi hijo menor de edad CM, asistido por su letrado …………….(To…….Fo ……..) CUIT ……….., con domicilio legal en…………….. de CABA y con identificación y domicilio electrónico en el CUIT ………….a V.S. respetuosamente me presento y digo:

1.- OBJETO:

Que en carácter invocado, vengo a promover formal demanda por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios contra el Sr. DD, con domicilio en………………………… por la suma que surge de la liquidación o en lo que en más o en menos resulte de la prueba a producirse, con más los intereses y costas del presente juicio, todo ello de conformidad con las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación paso a exponer:

2.- HECHOS:

Que he contratado2 con el Sr. DD …… (definir el objeto del contrato) con fecha……… tal como surge del contrato adjunto, cuyas firman han sido certificadas por el Escribano………….

(Explicar cada una de las obligaciones asumidas por las partes de conformidad con las cláusulas del contrato) Así las cosas, lo cierto es que el demandado no ha dado cumplimiento con las prestaciones a las que se ha obligado contractualmente obrando de mala fe3 .

Tal es asi………….. (explicar el incumplimiento incurrido)4 Ello ha motivado que mi parte remita la Carta Documento Nro………. de fecha………. En la que intimaba al demandado a cumplir con el contrato bajo pena de darlo por rescindido por su exclusiva culpa.

(Transcribir texto de la misiva) El Sr. DD rechazó la intimación mediante la Carta Documento Nro………… de fecha …….. en la cual adujo………..

De tal modo, mi parte se vio obligada a rescindir el contrato5 por culpa del accionado y acudir ante V.S. a fin de que se lo condene a la restitución de las sumas de dinero abonadas con más los daños y perjuicios padecidos.

3.- CONSIDERACIONES JURIDICAS MINIMAS SOBRE

LA RESPONSABILIDAD:

En el caso de autos se reclama por el incumplimiento de la demandada a sus obligaciones contractualmente asumidas.

(Definir según sea una obligación de hacer o de dar sumas de dinero, si se trata de una obligación de medios o de resultado, si estaba sujeta a condición, etc.) (Incluir jurisprudencia de acuerdo a las particularidades del caso) 4.- LOS DAÑOS RECLAMADOS:

A causa del incumplimiento contractual por culpa exclusiva de la demandada se me han provocado los daños que a continuación se describen y por ello vengo a reclamar una indemnización que contemple la reparación plena, en los términos de los artículos 1737 y concordantes del CCyC6 por los rubros que a continuación se detallan….

(Detallar las particularidades del caso……..) 5.- LIQUIDACION:

Por todo lo expuesto, efectúo la siguiente liquidación de los rubros reclamados, dejando aclarado que a las sumas reclamadas o las que en más o en menos resulten de las probanzas, deberá adicionarse la tasa aplicable en el Fuero desde el momento del infortunio hasta el efectivo pago.

6.- PRUEBA7:

A fin de acreditar los extremos invocados, ofrezco la siguiente prueba:

A DOCUMENTAL: La que se acompaña, a saber……… RESERVA DE DOCUMENTAL: Se reserve la documentación original adjunta en la caja fuerte del juzgado, a cuyo efecto se acompañan copias para el expediente.

B. CONFESIONAL: Se cite a las contrarias a absolver posiciones y reconocer documentos a la audiencia que se designará al efecto, bajo apercibimiento de ley. La parte actora se reserva el derecho de ampliar el pliego y ejercer la facultad del art. 415 del CPCCN.

C. INFORMATIVA: Se libren los siguientes oficios: ….

D. TESTIMONIAL: Cite el juzgado a prestar declaración testimonial a las siguientes personas, quienes declararán sobre las particularidades del contrato y su cumplimiento Indicar: Nombre, DNI, domicilio, nacionalidad, ocupación, estado civil de cada uno de los testigos.

E. PERICIAL CONTADOR y/o CALIGRAFO y/o de la especialidad que corresponda de conformidad con el tipo de contrato de que se trate.

7.- DERECHO:

Fundo el derecho en los arts. 957, 958, 961, 1084, 1083, 1737, 1019 y concordantes del CCyC, jurisprudencia y doctrina aplicable al caso.

8.- RESERVA CASO FEDERAL:

Para el supuesto e hipotético caso de que se rechace la demanda en todo o en parte, dejo desde ya planteado el Caso Federal previsto en el art. 14 de la Ley 48, por encontrarse vulneradas expresas garantías y derechos constitucionalmente protegidos (arts. 14, 17 y 18 de la Constitución Nacional).

9.- MEDIACIÓN:

En el caso, se ha cumplido con lo normado en la ley 26.589, realizándose la mediación respectiva, sin que se llegara a acuerdo alguno. Se adjuntan las actas de mediación correspondientes.

10.- AUTORIZACIONES:

Se deja autorizado a consultar el expediente, diligenciar cédulas, oficios, testimonios, mandamientos, sacar fotocopias y en general, a realizar todo trámite inherente a estos obrados a ….

11.- COMPETENCIA:

V.S. resulta competente para intervenir en las presentes en virtud de que las partes hemos pactado expresamente la presente jurisdicción en la cláusula…. del contrato objeto de autos.

12.- PETITORIO:

Por todo lo expuesto a V.S. solicito:

1) Se me tenga por presentado, por parte y en carácter invocado, por constituido el domicilio legal y el electrónico, y por denunciado el real.- 

2) De la demanda, traslado a la accionada, por el plazo de ley.- 

3) Oportunamente se abra la causa a prueba, por el plazo de ley.

4) Se tenga presente la reserva de caso federal planteada.- 

5) Oportunamente, se dicte sentencia haciendo lugar a la demanda, con costas a la demandada.- 


Proveer de conformidad, SERÁ JUSTICIA.-


1 ARTICULO 957.-Definición. Contrato es el acto jurídico mediante el cual dos o más partes manifiestan su consentimiento para crear, regular, modificar, transferir o extinguir relaciones jurídicas patrimoniales.

2 ARTICULO 958.-Libertad de contratación. Las partes son libres para celebrar un contrato y determinar su contenido, dentro de los límites impuestos por la ley, el orden público, la moral y las buenas costumbres.

3 ARTICULO 961.-Buena fe. Los contratos deben celebrarse, interpretarse y ejecutarse de buena fe. Obligan no sólo a lo que está formalmente expresado, sino a todas las consecuencias que puedan considerarse comprendidas en ellos, con los alcances en que razonablemente se habría obligado un contratante cuidadoso y previsor.

4 ARTICULO 1084.-Configuración del incumplimiento. A los fines de la resolución, el incumplimiento debe ser esencial en atención a la finalidad del contrato. Se considera que es esencial cuando: a) el cumplimiento estricto de la prestación es fundamental dentro del contexto del contrato; b) el cumplimiento tempestivo de la prestación es condición del mantenimiento del interés del acreedor; c) el incumplimiento priva a la parte perjudicada de lo que sustancialmente tiene derecho a esperar; d) el incumplimiento es intencional; e) el incumplimiento ha sido anunciado por una manifestación seria y definitiva del deudor al acreedor.

5 ARTICULO 1083.-Resolución total o parcial. Una parte tiene la facultad de resolver total o parcialmente el contrato si la otra parte lo incumple. Pero los derechos de declarar la resolución total o la resolución parcial son excluyentes, por lo cual, habiendo optado por uno de ellos, no puede ejercer luego el otro. Si el deudor ha ejecutado una prestación parcial, el acreedor sólo puede resolver íntegramente el contrato si no tiene ningún interés en la prestación parcial.

6 ARTICULO 1737.-Concepto de daño. Hay daño cuando se lesiona un derecho o un interés no reprobado por el ordenamiento jurídico, que tenga por objeto la persona, el patrimonio o un derecho de incidencia colectiva.

7 ARTICULO 1019.-Medios de prueba. Los contratos pueden ser probados por todos los medios aptos para llegar a una razonable convicción según las reglas de la sana crítica, y con arreglo a lo que disponen las leyes procesales, excepto disposición legal que establezca un medio especial. Los contratos que sea de uso instrumentar no pueden ser probados exclusivamente por testigos.

ARTICULO 1020.-Prueba de los contratos formales. Los contratos en los cuales la formalidad es requerida a los fines probatorios pueden ser probados por otros medios, inclusivepor testigos, si hay imposibilidad de obtener la prueba de haber sido cumplida la formalidad o si existe principio de prueba instrumental, o comienzo de ejecución.

Se considera principio de prueba instrumental cualquier instrumento que emane de la otra parte, de su causante o de parte interesada en el asunto, que haga verosímil la existencia del contrato.

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