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jueves, 23 de marzo de 2023

Modelo: Formulan Acuerdo.- Compensación

138. FORMULAN ACUERDO.- COMPENSACION




En la ciudad de Buenos Aires, a los …………. días del mes de …………. de 20…., se presentan por un lado el Sr. AA en representación de la FARMACIA NP SA CUIT………. con domicilio en ………….. conforme lo acredito con la siguiente documentación……………., con el patrocinio del Dr…………. y por el otro, el Sr. BB (DNI……) en representación de la Drogueria FF S.A. CUIT…….. con domicilio en ………….., con el patrocinio del Dr………………. y convienen en celebrar el presente acuerdo, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones:

Antecedentes: Que entre FARMACIA NP SA Y DROGUERIA FF S.A. existe un vínculo comercial en virtud de la cual DROGUERIA FF S.A. provee de mercadería en forma diaria a FARMACIA NP S..A. documentándose dichas operaciones en una CUENTA CORRIENTE. En dicha cuenta se asientan las compras que realiza la FARMACIA NP S.A. así como las notas de crédito a su favor por las devoluciones de medicamentos vencidos o cuyo envoltorio se encuentra deteriorado. De tal modo a la fecha la FARMACIA NP SA adeuda a la DROGUERIA FF S.A. la suma de $ 100.000 en concepto de compra de medicamentos al día…………….. y la DROGUERIA FF S.A. adeuda a la FARMACIA NP SCA la suma de $ 50.000 en concepto de devoluciones al día …………. Que ambas deudas se encuentran actualizadas y no se encuentran prescriptas.

PRIMERA: Que ambas partes, dada la naturaleza de ambos créditos, vienen a manifestar que es su voluntad compensar las deudas que detentan en sus calidades de deudores y acreedores respectivamente, sin que se afecte el derecho de terceros. Asimismo, manifiestan que no ha sido pactada entre las partes la prohibición de compensar 2 y que es se trata de obligaciones cuya compensación no se encuentra prohibida 3 . Que por tal motivo se compensa la deuda que de FARMACIA NP S.A. hasta la suma de $ 50.000.

SEGUNDA: El saldo adeudado de Pesos cincuenta mil ($ 50.000) con más la suma de $…………. en concepto de intereses de la financiación, será abonado por FARMACIA NP S.A. en cinco cuotas, mensuales, iguales y consecutivas de $……………… cada una de ellas, con vencimiento la primera el día………..

TERCERA: La mora se producirá de pleno derecho por el solo transcurso del tiempo, sin necesidad de interpelación judicial o extrajudicial alguna, provocándose la caducidad de los plazos acordados y fijándose un interés moratorio del……………. % mensual sobre saldos.

CUARTA: DROGUERIA FF S.A. manifiesta que con una vez recibida la suma indicada en la cláusula SEGUNDA no tendrá nada más que reclamar a FARMACIA NP S.A. por ningún concepto proveniente de las operaciones documentadas en cuenta corriente hasta el día……………. inclusive.

QUINTA: A todos los efectos legales, las partes constituyen domicilios en el lugar indicado en el encabezamiento del presente, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones. Para cualquier controversia, queda pactada la jurisdicción del los tribunales ordinarios de la Capital Federal.

SEXTA: Las partes se reservan el derecho a solicitar la homologación judicial del presente acuerdo.

En el lugar y fecha arriba indicadas, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto.


1 ARTICULO 922.- Especies. La compensación puede ser legal, convencional, facultativa o judicial.

2 ARTICULO 929.- Exclusión convencional. La compensación puede ser excluida convencionalmente.

3 ARTICULO 930.- Obligaciones no compensables. No son compensables: a) las deudas por alimentos; b) las obligaciones de hacer o no hacer; c) la obligación de pagar daños e intereses por no poderse restituir la cosa de que el propietario o poseedor legítimo fue despojado; d) las deudas que el legatario tenga con el causante si los bienes de la herencia son insuficientes para satisfacer las obligaciones y los legados restantes; e) las deudas y créditos entre los particulares y el Estado nacional, provincial o municipal, cuando: i) las deudas de los particulares provienen del remate de bienes pertenecientes a la Nación, provincia o municipio; de rentas fiscales, contribuciones directas o indirectas o de otros pagos que deben efectuarse en las aduanas, como los derechos de almacenaje o depósito; ii) las deudas y créditos pertenecen a distintos ministerios o departamentos; iii) los créditos de los particulares se hallan comprendidos en la consolidación de acreencias contra el Estado dispuesta por ley. f) los créditos y las deudas en el concurso y quiebra, excepto en los alcances en que lo prevé la ley especial; g) la deuda del obligado a restituir un depósito irregular.

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