El tribunal de sentencia dispondrá su inmediata detención si fracasa su intención de apelar en la Corte nacional
Gustavo Matar y su hijo Brahim, cuando fueron juzgados en San Rafael.
La Suprema Corte de Justicia dejó firme la sentencia judicial que condenó al empresario de medios Gustavo Matar a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de chantaje y chantaje en grado de tentativa con la utilización de notas periodísticas en la revista Info Ya.
Una de las pruebas tenidas en cuenta contra Gustavo Matar.
El 30 de noviembre último, la Sala Segunda del máximo tribunal de justicia rechazó el recurso de Casación interpuesto por Matar y confirmó la sentencia que en septiembre de 2021 había dictado el juez Jorge Yapur Meca en los tribunales de San Rafael.
La decisión fue de los supremos José Valerio (quien emitió el voto preopinante), Omar Palermo y Mario Daniel Adaro, quienes adhirieron en todos los términos.
El caso del empresario Gustavo Matar
Matar esperó en libertad la resolución de la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia acerca de su planteo en Casación contra el fallo condenatorio.
La inmediata detención podrá ser dispuesta por la Justicia siempre y cuando, a futuro, Matar no acuda a la Suprema Corte de Justicia para pedir la chance de apelar en la Corte nacional o cuando el máximo tribunal mendocino rechace esa pretensión.
Yapur Meca, el juez que condenó a Gustavo Matar en San Rafael.
Durante el juicio oral y público que comenzó en agosto de 2021 y culminó en septiembre de ese año, el empresario de medios de San Rafael fue hallado penalmente responsable de los delitos de chanteje y extorsión.
Sus víctimas, en dos de los seis hechos investigados, fueron empresarios de la noche, una funcionaria municipal, y una ex concejala.
De acuerdo a lo que se ventiló en la sala de debates, Matar utilizaba sus medios de comunicación para extorsionar. El modo: pedía dinero a cambio de no publicar notas de contenidos negativos.
Si bien no fue parte de la causa, el empresario condenado también usó su portal para hostigar al reconocido oftalmólogo Roger Zaldívar con publicaciones que ya no figuran en el sitio.
No cuestionó el juez Yapur que Matar ejerciera la libertad de publicar notas periodísticas, pero sí haber pedido dinero a cambio de no publicarlas. De ahí el chantaje.
Qué destacó la Suprema Corte de Justicia del fallo del juez Yapur Meca
Este es uno de los párrafos más importantes de la resolución de la Suprema Corte, que valora el tratamiento que dio el juez de sentencia Yapur Meca al determinar el monto de la pena de prisión efectiva finalmente aplicado.
Gustavo Matar y su hijo Brahim, cuando fueron juzgados en San Rafael.
La Suprema Corte de Justicia dejó firme la sentencia judicial que condenó al empresario de medios Gustavo Matar a 4 años de prisión de cumplimiento efectivo por los delitos de chantaje y chantaje en grado de tentativa con la utilización de notas periodísticas en la revista Info Ya.
Una de las pruebas tenidas en cuenta contra Gustavo Matar.
El 30 de noviembre último, la Sala Segunda del máximo tribunal de justicia rechazó el recurso de Casación interpuesto por Matar y confirmó la sentencia que en septiembre de 2021 había dictado el juez Jorge Yapur Meca en los tribunales de San Rafael.
La decisión fue de los supremos José Valerio (quien emitió el voto preopinante), Omar Palermo y Mario Daniel Adaro, quienes adhirieron en todos los términos.
El caso del empresario Gustavo Matar
Matar esperó en libertad la resolución de la Sala Segunda de la Suprema Corte de Justicia acerca de su planteo en Casación contra el fallo condenatorio.
La inmediata detención podrá ser dispuesta por la Justicia siempre y cuando, a futuro, Matar no acuda a la Suprema Corte de Justicia para pedir la chance de apelar en la Corte nacional o cuando el máximo tribunal mendocino rechace esa pretensión.
Yapur Meca, el juez que condenó a Gustavo Matar en San Rafael.
Durante el juicio oral y público que comenzó en agosto de 2021 y culminó en septiembre de ese año, el empresario de medios de San Rafael fue hallado penalmente responsable de los delitos de chanteje y extorsión.
Sus víctimas, en dos de los seis hechos investigados, fueron empresarios de la noche, una funcionaria municipal, y una ex concejala.
De acuerdo a lo que se ventiló en la sala de debates, Matar utilizaba sus medios de comunicación para extorsionar. El modo: pedía dinero a cambio de no publicar notas de contenidos negativos.
Si bien no fue parte de la causa, el empresario condenado también usó su portal para hostigar al reconocido oftalmólogo Roger Zaldívar con publicaciones que ya no figuran en el sitio.
No cuestionó el juez Yapur que Matar ejerciera la libertad de publicar notas periodísticas, pero sí haber pedido dinero a cambio de no publicarlas. De ahí el chantaje.
Qué destacó la Suprema Corte de Justicia del fallo del juez Yapur Meca
Este es uno de los párrafos más importantes de la resolución de la Suprema Corte, que valora el tratamiento que dio el juez de sentencia Yapur Meca al determinar el monto de la pena de prisión efectiva finalmente aplicado.
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