Construcción: caso de liquidación del CCT 76/75 UOCRA Marzo 2022 con el incremento salarial del 8.2%.
Liquidación sueldos UOCRA recibo
Liquidación sueldos UOCRA CCT 76/75
La liquidación de sueldos de la Construcción de marzo 2022 tiene como novedad el incremento salarial del 8.2% producto de la aplicación de dos acuerdos.
Recordemos que la Unión Obrera de la Construcción de la República Argentina (UOCRA) y la Cámara Argentina de la Construcción (CAMARCO) acordaron en las negociaciones salariales 2021/2022 un 54%, de aumento.
En un primer acuerdo, firmado en abril 2021, se había fijado el siguiente esquema de incrementos salariales: 12% en abril, 10% en julio, 7% en octubre y 6,8% en febrero de 2022.
Después, a en el acuerdo de agosto 2021, se incorporaron un 5% en septiembre, 5% en enero de 2022 y 2% más en marzo, totalizando así una suba salarial del 47,8% en 7 tramos para los CCT 76/75 y 577/10.
Luego, en el tercer y ultimo acuerdo de la la paritaria 2021/2022 que se firmó el mes pasado, se sumó un 6,2% adicional para este mes de marzo.
De esta manera, la UOCRA cierra una paritaria interanual en 54% de aumento.
Entonces, en marzo tenemos como novedad la aplicación de un 8,2% (2+6,2) de incremento salarial, veamos como implementarlo en un caso paso a paso.
Caso práctico
Datos
Zona: “A”
Categoría: “Oficial Especializado”
Valor hora: $ 420,79
Jornada: 8 horas de lunes a viernes
Horas trabajadas en la 1° quincena: 80 horas
Horas trabajadas en la 2° quincena: 88 horas
Afiliado al sindicato: SI
Trabajó Feriados: 1/03 no y 24/03 si
CCT: 76/75
Modelo recibo UOCRA
1° quincena Marzo 2022
Conceptos Unidades Haberes Descuentos
Sueldo básico 80 33.663,20
Asistencia Perfecta 20% 6.732,64
Pago Feriado no trabajado 1 3.824,54
Jubilación 11% 4.864,24
Ley 19032 3% 1.326,61
Obra social 3% 1.326,61
Aporte Sindical UOCRA 2,50% 1.105,51
Subtotal 44.220,38 8.622,98
Total a pagar $ 35.597,40
Sueldo básico: 33.663,20
Surge del multiplicar las horas trabajadas en la primera quincena por el valor de la hora de la categoría para marzo 2022:
80 x 420,79 = $ 33.663,200
Donde 80 son las horas trabajadas en la quincena y $420,79 el valor hora de marzo 2022 para la categoría “Oficial Especializado” zona “A”.
El valor hora ya tiene incluido el 8,2% de aumento acordado para marzo 2022 que mencionamos anteriormente.
Recuerden que la base de cálculo del aumento es marzo 2021, que para esta categoría era de $273,24.
A ese valor se le aplica el 54% de incremento, que es el aumento acumulado a marzo 2022.
273,24 x 1,54 = 420,79
De todos modos, pueden descargar las escalas completas en el siguiente enlace Escalas UOCRA Marzo 2022.
Asistencia Perfecta: $6.684,66
El artículo 52 del CCT 76/75 de la UOCRA establece que el trabajador que registre asistencia perfecta en la quincena se le abonará un adicional equivalente al 20% del salario básico que le corresponda a la categoría en la cual se encuentre desempeñando sus tareas.
Cálculo:
33.663,20 x 20% = 6.732,64
Tiene antigüedad, convenio SI pero en este caso no se liquida
Pago de día Feriado: $3.824,54
Debemos liquidar el feriado del 1 de marzo 2022, en este caso como no trabajado.
Para el pago del día feriado, debemos remitirnos al artículo 169 de la LCT que indica la manera de determinar el salario del trabajador cuando no presta servicios el día feriado, remitiendo su tratamiento al artículo 155 de la LCT, es decir la forma de calcular el pago de las vacaciones.
Entonces, el pago del feriado no trabajado es similar al de los días de dicha licencia:
- Trabajadores mensualizados: los trabajadores mensualizados cobrarán, por el día feriado, el importe mensual dividido por 25.
- Trabajadores jornalizados: los trabajadores por día o por hora devengarán por el día feriado el importe percibido en la jornada anterior.
En nuestro, como es un trabajador jornalizado que trabaja 8 horas por día, el calculo es el siguiente:
8 x 398,39 x 1,2 = 3.824,54
Donde 8 son las horas trabajas habitualmente, $398,39 el valor hora percibido en la jornada anterior y le sumo el 20% del presentismo.
Una alternativa válida, sería solo calcular el valor de las 8 horas y calcular el presentismo sobre el total de horas trabajadas y por feriado, en definitiva el resultado final es el mismo.
Descuentos
Jubilación: 44.220,38 x 11% = $ 4.864,24
Ley 19.032: 44.220,38 x 3% = $ 1.326,61
Obra Social: 44.220,38 x 3% = $ 1.326,61
Aporte Sindical UOCRA: 44.220,38 x 2,5% = $ 1.105,51
2° quincena Marzo 2022
CONCEPTO UNIDADES REMUNERATIVO DESCUENTOS
Sueldo básico 88 37.029,52
Asistencia Perfecta 20% 7.405,90
Pago feriado trabajado 1 8.079,17
Jubilación 11% 5.776,61
Ley 19032 3% 1.575,44
Obra social 3% 1.575,44
Aporte Sindical UOCRA 2,50% 1.312,87
Seguro de Vida (fijo) 1.101,32
52.514,59 11.341,68
Total a pagar $ 41.172,91
Para la segunda quincena, cambia la cantidad de horas trabajadas, entonces:
420,79 x 88 = 37.029,52
Además, liquidamos el feriado del 24 de marzo como trabajado, entonces el cálculo sería:
8 x 420,79 x 1,2 x 2 = 8.079,17
En el caso de trabo en día feriado, se paga el día más otra cantidad igual, es decir que se paga doble.
Cálculo del Seguro de Vida UOCRA
Según lo establecido en el artículo 108 del CCT 76/75, los trabajadores deben realizar un aporte mensual a la UOCRA en concepto de Seguro de vida.
La suma es el equivalente al 2% del sueldo mensual correspondiente a la Categoría de Sereno fijado por el CCT para la Zona “A”, cualquiera sea la zona en la que presten servicios en forma efectiva.
El importe resultante será retenido por los empleadores mensualmente de los haberes de la segunda quincena de cada mes o en su caso a la fecha del cese”.
Para marzo 2022, el seguro de vida asciende a $1.101,32 para todas las zonas, y el importe surge de aplicar el 2% sobre $55.066,17 que es el salario básico del “Sereno Zona A”.
Descuentos
Sobre total de haberes para la segunda quincena, se retiene:
Jubilación: 55.514,60 x 11% = $ 5.776,61
Ley 19.032: 55.514,60 x 3% = $ 1.575,44
Obra Social: 55.514,60x 3% = $ 1.575,44
Aporte sindical UOCRA: 55.514,60 x 2,5% = $ 1.312,87
Seguro de vida UOCRA: 55.066,17 x 2% = $1.101,32
Aporte extraordinario UOCRA
Según el 1° acuerdo de la paritaria 2021, los empleadores deben retener en concepto de Aporte Extraordinario y Solidario UOCRA, el 1.5% de los salario del trabajador sujeto a aportes y contribuciones, por el lapso de 6 meses contados desde el devengado de julio 2021.
En el caso de trabajadores afiliados al sindicato, el monto de la cuota sindical (2.5%) absorbe el mencionad aporte extraordinario.
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