Partes: C. R. M. c/ A. M. E. s/ daños y perjuicios
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil
Sala/Juzgado: C
Fecha: 25-feb-2022
Cita: MJ-JU-M-136227-AR | MJJ136227 | MJJ136227
Se admite una demanda de daños contra quien profirió amenazas a una vecina.
Sumario:
1.-Corresponde admitir la demanda de daños, ya que los dichos de los testigos alcanzan para entender que la materialidad y la autoría de las manifestaciones amenazantes se encuentran suficientemente demostradas
2.-La determinación de someterse a la suspensión del juicio a prueba, que puede responder a diversas motivaciones, incluida la legítima decisión de liberarse de la angustia que para algunos conlleva encontrarse sometido a un juicio penal, no implica el reconocimiento de hechos ni de derechos como tampoco supone la admisión de la autoría ni la participación en los hechos por los cuales se ha formado la investigación.
3.-El hecho de que la decisión de someterse a la suspensión del juicio a prueba no implica el reconocimiento de los hechos, ello no impide examinar las demás constancias arrimadas a la investigación penal para alcanzar la misma conclusión, aunque por una vía diversa.
4.-Corresponde rechazar el daño psíquico, ya que la pericia arrojó en sus conclusiones que la actora no presentaba un síndrome psiquiátrico y que tampoco se encontraban limitadas las aptitudes psíquicas preexistentes.


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