Partes: C. N. A. c/ Centro Automotores S.A. y otro s/ despido
Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo
Sala/Juzgado: VI
Fecha: 14-feb-2022
Cita: MJ-JU-M-136133-AR | MJJ136133 | MJJ136133
El retiro voluntario se encuentra viciado pues aun habiendo firmado libremente, no se pueden desconocer otros factores que afectan la validez de lo pactado, como el hecho de que se tomara como sueldo devengado una suma menor a la real y que el trabajador se encontraba gravemente afectado en su salud con una minusvalía funcional del 68,15%.
Sumario:
1.-El acuerdo suscripto se encuentra viciado en los términos del art. 954 del CCiv. Velezano por ser aplicable la figura de la lesión subjetiva ya que la empleadora obtuvo una ventaja desproporcionada y sin justificación, pues aunque el trabajador firmó el acuerdo libremente, es decir con discernimiento intención y voluntad, no se pueden desconocer otros factores que afectan la validez de lo pactado, como el hecho de que se tomara como sueldo devengado una suma menor a la real y que el trabajador se encontraba gravemente afectado en su salud con una minusvalía funcional del 68,15% de la total obrera, pudiendo acceder al retiro transitorio por invalidez, por lo que de haberse mantenido la relación de trabajo, hubiera tenido que abonar la compensación por incapacidad absoluta que estipula el art 212 ‘in fine’ de la LCT.
2.-Si bien parte de la doctrina y de la jurisprudencia se inclinan por aceptar la posibilidad de que el trabajador negocie su renuncia al empleo sin que ello implique violación del orden público laboral y/o vulneración de las directivas del art. 12 de la LCT, otro sector niega toda posibilidad de validez a negocios a los que atribuye el carácter de peyorativos y violatorios del principio de irrenunciabilidad


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