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lunes, 24 de enero de 2022

¿Que pasa si no paso el socio economico de ANSES?

Se tiene que presentar una nota, donde se va a solicitar que la ANSES se comunique con la AFIP y exponga los motivos del rechazo



Circular 38/18 - ANSeS (DPA)

Socioeconómico. Plan Ley 24.476. Reemplaza a la circular DPA 37/18

Buenos Aires, 13 de agosto de 2018

De acuerdo lo establecido en Resolución Conjunta AFIP/ANSES N° 4222/18 los solicitantes que requieran adhesión al Régimen de Facilidades de Pago previsto en Ley N° 24.476 a partir de la vigencia de la presente reglamentación (03/04/2018) deberán cumplir con la evaluación patrimonial y socioeconómica ante ANSES.

En función a lo establecido se informa que se encuentra disponible un nuevo botón para realizar dicha evaluación y poder enviar el plan de moratoria Ley N° 24.476.

Para ello el titular, deberá firmar la Nota de consentimiento, cuyo modelo se detalla en el ANEXO I.

Ingresa a ADP por el CUIL/T o documento del solicitante, en solapa ACCESO seleccionando el botón "LEY 24476".

A continuación selecciona tipo de beneficio 

• JUBILACIÓN: ingresa botón ENVIAR.

• PENSIÓN: solicita ingrese el CUIL/T del causante seleccionando BUSCAR y ENVIAR

De aprobar la Socioeconómica surgirá: “La solicitud fue cargada con éxito. Aceptación de AFIP. Código AFIP: 59913”

El código AFIP es el que se consignará para enviar el Plan a través del SICAM. 

En el caso que se presentara el titular a requerir el código, para realizar el envío del plan en forma particular, informará el mismo transcribiéndolo en el modelo de notificación que se detalla en ANEXO II.

De rechazarla se visualizará: “La solicitud fue cargada con éxito. Rechazo AFIP. Código Rechazo AFIP: 8IA”

Los códigos de rechazo podrán ser 8iA, 8iB u 8iC, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8o de la resolución Conjunta General AFIP N° 3673/14 y ANSES N° 533/14, correspondiendo:

8IA) Ingresos brutos anuales percibidos, en los últimos DOCE (12) meses anteriores a la fecha de la evaluación, cuyo promedio supere a los límites vigentes para el derecho a la percepción de la asignación familiar prevista en el inciso a) del Artículo 6o de la Ley N° 24.714 y sus modificaciones. Si el período de percepción es menor a DOCE (12) meses, se considerará la cantidad de meses efectivamente liquidados o declarados, según corresponda. Se tendrán en cuenta en este análisis, los sueldos brutos en relación de dependencia, haberes previsionales brutos y los ingresos declarados en el impuesto a las ganancias y/o el rango de ingresos brutos anuales declarados en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS).

8IB) Manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere CUATRO (4) veces el importe anualizado del ingreso previsto en el inciso a), y/o la tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios que supere UNO COMA CINCO (1,5) veces el importe anualizado del referido ingreso, y/o la tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones de más de 9 metros de eslora informada por la Prefectura Naval Argentina.

8IC) Gastos y/o consumos que superen en más del TREINTA POR CIENTO (30%) los ingresos calculados de acuerdo a las pautas del inciso a). A tal fin serán tenidos en cuenta los gastos efectuados con tarjetas de crédito y/o débito. 

Si el titular quisiera conocer los motivos específicos del rechazo deberá atenderse el procedimiento detallado en la Circular DP N° 42/18 o la que en el futuro la reemplace, bajo el título Procedimiento de Notificación de Resultado Negativo-Ley N° 24.476. 

ANEXO I

Consentimiento por Parte del Interesado para Realizar la Evaluación Patrimonial y Socioeconómica

Buenos Aires,

ANSES

Me dirijo a usted en relación a mi solicitud de adhesión al régimen de regularización de deuda establecido por la Ley N9 24.476 para acceder a mi prestación previsional.

A esos efectos presto consentimiento para que se realicen las evaluaciones patrimoniales y socioeconómicas requeridas por el artículo 20 de la Ley N° 27.260 y estipuladas por el artículo 32 de la Ley 26.970, para acceder al mencionado régimen, las que se encuentran reguladas por e! artículo 8* de la Resolución Conjunta General AFIP - ANSES N9 3673 y 533/14.

Titular 

Nombre y Apellido 

DNI

Firma del Solicitante

Aclaración

ANEXO II

PARA SOLICITANTE 

Buenos Aires,

Por el presente se informa que el titular . . . . . . . . . . . . . . . . . . DU  . . . . . . . . .  ha superado satisfactoriamente las evaluaciones Patrimoniales y Socioeconómicas requeridas por el artículo 20 de ia Ley N° 27.260 y estipuladas por el artículo 3- de la Ley 26.970, para acceder al mencionado régimen, las que se encuentran reguladas por el artículo 89 de la Resolución Conjunta General AFIP - ANSES Ne 3673 y 533/14.

Por lo expuesto se notifica el código correspondiente para proceder al envío del plan de adhesión al régimen de regularización de deuda establecido por la Ley Ne 24.476, por el SICAM.

CÓDIGO SOCIOECONÓMICO

El Código Socioeconómico es personal, confidencial e intransferible y por lo tanto el Solicitante asume las consecuencias de su divulgación a terceros, liberando a ANSES de toda responsabilidad que de ello se derive.

El Código Socioeconómico caducará a los cuarenta y cinco (45) días de generado

Firma del agente UDAI: 

Sello: 

PARA ANSES

Buenos Aires,

En el día de la fecha se ha entregado el código de evaluación socioeconómica del titular  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .   CUIL/T  . . . . . . . . . . . . . . . . . ..

CÓDIGO SOCIOECONÓMICO:  . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 

Firma del Solicitante 

Aclaración 

Firma del agente UDAI: 

Sello



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FUENTE:

CIRCULAR DP Nº 55/18

RESOLUCIÓN CONJUNTA AFIP - ANSES N° 4222/18

REGLAMENTACIÓN DE LOS ARTÍCULOS 20, 21 Y 22 DE LA LEY N° 27.260

PROCEDIMIENTO TRANSITORIO

REEMPLAZA A LA CIRCULAR DP N° 42/18


http://portaldeabogados.com/foros/viewtopic.php?t=259456