Noticias

jueves, 16 de diciembre de 2021

Estatura en policias, La imposición de una estatura mínima para el ingreso a la fuerza policial es un requisito irrazonable

Partes: Oviedo Viviana Alejandra c/ Estado Nacional – PFA y otros s/ personal militar y civil de las ffaa y de seg



Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal


Sala/Juzgado: I


Fecha: 14-oct-2021


Cita: MJ-JU-M-135232-AR | MJJ135232


La imposición de una estatura mínima para el ingreso a la fuerza policial es un requisito irrazonable.


Sumario:


1.-Es procedente confirmar la sentencia que admitió la demanda tendiente a impugnar la resolución que denegó el ingreso de la actora a la fuerza policial por no cumplir con el requisito mínimo de altura establecido en el art. 149, inc. b) , de la Reglamentación de la Ley para el Personal de la Policía Federal Argentina aprobada por el Dec. 1866/1983 y le otorgó una indemnización por daño moral, pues la formulación textual de la reglamentación relativamente a la condición física exigida para ingresar a la institución, no confiere a la administración una potestad discrecional, y la demandada no explica de que manera aquella previsión puede ser considerada como un supuesto de ‘discrecionalidad técnica’.



2.-Cabe confirmar la admisión de la demanda por la cual se cuestiona la denegatoria del ingreso de la actora a la fuerza policial por no cumplir con el requisito mínimo de altura del art. 149, inc. b), de la Reglamentación de la Ley para el en tanto la accionada no logró, ni intentó, explicar las razones tenidas en cuenta para justificar el límite de altura que la reglamentación establece para el ingreso a la Fuerza, lo que evidencia su irrazonabilidad y, de esta forma, incumplió la carga de la prueba que se encontraba en su cabeza, puesto que, de acuerdo con la jurisprudencia del Máximo Tribunal sobre la forma en la que debe valorarse la prueba cuando se está en juego la apreciación de una situación que encuadra en la Ley 23.592 , la demostración de que la reglamentación se justifica en aspectos objetivos, que no importan una discriminación prohibida, sólo a ella le correspondía (voto de la Dra. Do Pico).

No hay comentarios:

Publicar un comentario