Se presenta un conflicto de privilegios cuando dos créditos privilegiados coinciden en un mismo asiento. Subastado el bien ¿Cuál crédito atiendo primero?
Conflicto entre los acreedores con privilegio especial (art. 2586 CCyCN)
Priori in tempore potior in iure
- Los créditos con privilegios según leyes especiales, previstos en el inc. f) del art. 2582 (ley seguros, entidades financieras, etc) siguen el orden previsto en tales leyes especiales;
- El crédito del retenedor prevalece sobre los créditos con privilegio especial si la retención comienza a ser ejercida antes de nacer los créditos privilegiados;
- Los créditos con garantÃa real prevalecen sobre los créditos fiscales y el de los gastos de construcción, mejora o conservación, incluidos los créditos por expensas comunes en la propiedad horizontal, si los créditos se devengaron con posterioridad a la constitución de la garantÃa;
- Los créditos fiscales y los derivados de la construcción, mejora o conservación, incluidos los créditos por expensas comunes en la propiedad horizontal, prevalecen sobre los créditos laborales posteriores a su nacimiento;
- Los créditos con garantÃa real prevalecen sobre los créditos laborales devengados con posterioridad a la constitución de la garantÃa;
- Si concurren créditos comprendidos en un mismo inciso y sobre idénticos bienes, se liquidan a prorrata.
b) los créditos por remuneraciones debidas al trabajador por seis meses y los provenientes de indemnizaciones por accidentes de trabajo, antigüedad o despido, falta de preaviso y fondo de desempleo, ►sobre las mercaderÃas, materias primas y maquinarias que, siendo de propiedad del deudor, se encuentren en el establecimiento donde presta sus servicios o que sirven para su explotación.


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