Partes: Ayala David Edmundo c/ L. A. s/ daños y perjuicios
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Jujuy
Sala/Juzgado: II
Fecha: 26-abr-2021
Cita: MJ-JU-M-132264-AR | MJJ132264 | MJJ132264
Responsabilidad civil de un abogado, que pese a comprometerse frente a un cliente a inscribir un vehículo en el Registro de la Propiedad Automotor, y recibir un dinero para cancelar una deuda, durante años no dio respuesta al problema planteado. Cuadro de rubros indemnizatorios.
Sumario:
1.-Corresponde confirmar la suspensión de sesenta días en la matrícula del abogado y admitir la demanda de daños, atento el reconocimiento formulado por el letrado respecto de la obligación incumplida ante su cliente, tendiente a subsanar los problemas padecidos por este último, referentes a la inscripción de un vehículo en el Registro de la Propiedad Automotor.
2.-La responsabilidad del abogado lo es por su hecho propio, razón por la cual el factor de atribución ha de ser, en principio, subjetivo.
3.-En el caso del abogado, el problema atinente a la responsabilidad civil resulta mucho más complejo, atento que el hecho indicado como dañoso es un hecho técnico, cuyo dominio pertenece al profesional y no al cliente; el abogado es quien diseña la estrategia jurídica del caso que presenta y es quien conoce las normas procesales que ordenan el modo en que los asuntos deben ser llevados.
