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viernes, 4 de junio de 2021

Responsabilidad del abogado: Condena en concepto de daño material y suspensión de matrícula para el letrado que no cumplió con el objetivo de inscribir el vehículo de su cliente en el Registro de la Propiedad Automotor

Partes: Ayala David Edmundo c/ L. A. s/ daños y perjuicios



Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Jujuy


Sala/Juzgado: II


Fecha: 26-abr-2021


Cita: MJ-JU-M-132264-AR | MJJ132264 | MJJ132264


Responsabilidad civil de un abogado, que pese a comprometerse frente a un cliente a inscribir un vehículo en el Registro de la Propiedad Automotor, y recibir un dinero para cancelar una deuda, durante años no dio respuesta al problema planteado. Cuadro de rubros indemnizatorios.



Sumario:


1.-Corresponde confirmar la suspensión de sesenta días en la matrícula del abogado y admitir la demanda de daños, atento el reconocimiento formulado por el letrado respecto de la obligación incumplida ante su cliente, tendiente a subsanar los problemas padecidos por este último, referentes a la inscripción de un vehículo en el Registro de la Propiedad Automotor.


2.-La responsabilidad del abogado lo es por su hecho propio, razón por la cual el factor de atribución ha de ser, en principio, subjetivo.

3.-En el caso del abogado, el problema atinente a la responsabilidad civil resulta mucho más complejo, atento que el hecho indicado como dañoso es un hecho técnico, cuyo dominio pertenece al profesional y no al cliente; el abogado es quien diseña la estrategia jurídica del caso que presenta y es quien conoce las normas procesales que ordenan el modo en que los asuntos deben ser llevados.