Noticias

domingo, 2 de mayo de 2021

Falsa alarma: Un supermercado deberá responder por el trato indigno hacia los clientes, cuando fueron acusados frente a todos de haberse llevado mercadería sin abonar, luego de cruzar la puerta de salida y sonado la alarma

Partes: Stefoni Paola Carina y otro c/ Sociedad Anónima Importadora y Exportadora de la Patagonia s/ ordinario



Tribunal: Juzgado Civil, Comercial, Conciliación y Familia de Bell Ville


Sala/Juzgado: II


Fecha: 9-dic-2020


Cita: MJ-JU-M-131365-AR | MJJ131365 | MJJ131365


Responsabilidad del supermercado por el trato indigno propinado por un dependiente a los actores, acusándolos frente a los demás clientes de haberse llevado mercadería sin abonar. Cuadro de rubros indemnizatorios.




Sumario:


1.-Corresponde acoger la demanda de daños y perjuicios incoada, pues el supermercado demandado resulta responsable por el hecho de su dependiente quien, al sonar la alarma del establecimiento cuando los actores se retiraban con su compra, los trató indignamente, acusándolos de haberse llevado mercadería sin abonar, en un tono elevado y frente a los demás clientes; obligándolos, además, a abonar dos veces por uno de los productos, cuando en realidad se había tratado de una falla del sistema de alarma.

2.-La empresa demandada tenía pleno conocimiento que en los supuestos de disparo de la alarma había posibilidad de que la causa fuera por error del sistema, no imputable al cliente, ante lo cual debió extremar sus diligencias para implementar prácticas que aminoren los efectos no queridos de tal hecho, para no afectar los derechos del consumidor ante tales acontecimientos.


3.-Si bien los clientes que optan por concurrir a los supermercados deben hacerlo siendo sabedores de que, entre otras cosas, pueden ser registrados en función de medidas de seguridad, la otra cara de la misma moneda supone que quien decide instalar su negocio de esta forma deberá arbitrar los mecanismos para que aquellas medidas de seguridad no se traduzcan en una mortificación, deshonra u ofensa a sus clientes, por lo que cualquier procedimiento que tenga que realizarse deberá serlo de modo que no afecte aquellos legítimos sentimientos de los eventuales sujetos que puedan verse involucrados.

No hay comentarios:

Publicar un comentario