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jueves, 27 de mayo de 2021

Condenaron al padre de dos menores a ocho meses de prisión efectiva por no pagar alimentos

Partes: R. F. P. s/

Tribunal: Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, Contravencional y de Faltas de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires



Sala/Juzgado: 6


Fecha: 23-mar-2021


Cita: MJ-JU-M-132226-AR | MJJ132226 | MJJ132226


En el marco de una audiencia oral, condenaron al padre de dos menores a ocho meses de prisión efectiva por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.


Sumario:


1.-Corresponde tener por acreditado que desde enero de 2019 el padre de las menores omitió prestar los medios indispensables para la subsistencia de sus hijas de once y de ocho años de edad, en lo relativo a educación, alimentación, medios en salud, vivienda, vestimenta, tanto ropa informal como escolar, conectividad y esparcimiento.


2.-La Ley 13.944 sanciona como delito a quien omite prestar los medios indispensables para la subsistencia de sus hijos.


3.-Deben tenerse por acreditados los tres elementos que exige la figura legal, además de los informes y la prueba presentada, el imputado reconoció el hecho de que es el padre, que omitió prestar los medios indispensables y que tenía la posibilidad de realizarlo.


4.-Si bien la testimonial de la víctima ha sido coherente, debe ser enmarcada, según los tratados internacionales, convenciones y la Ley de Protección a la Mujer, como así también de la jurisprudencia vinculada a la materia, que nos refieren que el testimonio en estos supuestos en los que se ejerce violencia de género; en particular violencia económica, se tenga presente que tienen el mismo valor de prueba como para, de alguna manera, derrocar la presunción de inocencia.

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