Dictamen de Asesoria Técnica 51/2008. IVA. Exportadores. Crédito Fiscal. Recupero. Gastos. Imputación
16/06/2009
DAT 51/2008. Los gastos indirectos que se efectúan con posterioridad a la fecha del último cumplido de embarque o finalización de la carga, no pueden ser asignados a solicitudes posteriores a la respectiva exportación
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