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miércoles, 16 de septiembre de 2020

Dictamen de Asesoria Técnica 51/2008

 Dictamen de Asesoria Técnica 51/2008. IVA. Exportadores. Crédito Fiscal. Recupero. Gastos. Imputación

16/06/2009

DAT 51/2008. Los gastos indirectos que se efectúan con posterioridad a la fecha del último cumplido de embarque o finalización de la carga, no pueden ser asignados a solicitudes posteriores a la respectiva exportación

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