D 4071040
¿Quiénes se encuentran obligados a actuar como agentes de retención? ITI
31/10/2006 12:00:00 a.m.
Se encuentran obligados a actuar como agentes de retención:
a) Los escribanos de Registro de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y de los estados provinciales, u otros funcionarios autorizados para ejercer las mismas funciones.
b) Los adquirentes, cuando suscripto el boleto de compraventa o documento equivalente se otorgue posesión, en el supuesto de operaciones que se realicen sin la intervención de escribanos.
c) Los cesionarios de boletos de compraventa o documentos equivalentes, cuando se trate de operaciones realizadas en las condiciones indicadas en el punto anterior.
Fuente: Art. 2 RG 2141/06.
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