- Un empleado con menos de 5 años de servicio tiene derecho a
- 3 meses de licencia paga si no tiene personas a su cargo o
- 6 meses si tiene personas a su cargo.
- Igual o Mas de 5 años de servicio, tiene derecho a
- 6 meses de licencia paga si no tiene personas a su cargo o
- 12 meses si tiene personas a su cargo
Se debe tener en cuenta, que los plazos son por cada enfermedad. En otras palabras no son acumulables, si el empleado se enferma una vez y se toma sus 3 meses de licencia remunerada y regresa al trabajo, si a los 10 dias vuelve a enfermar, tiene otro plazo de 3 meses por licencia por enfermedad remunerada.
Enfermedad o accidente “inculpable”, se refiere a la ausencia de intencionalidad por parte del trabajador en provocarse la enfermedad o el accidente. La “inculpabilidad” debe ser considerada de manera amplia y flexible, por lo que se excluye la responsabilidad del trabajador en aquellas situaciones donde se presuma una una conducta imprudente respecto de su salud o integridad fÃsica.
Se considera enfermedad o accidente inculpable al tabaquismo, el alcoholismo y las lesiones deportivas.
En el caso que un empleado no se recupere durante el perÃodo de licencia por enfermedad, hay un perÃodo adicional de hasta un año (licencia sin sueldo) durante el cual el empleado mantiene el derecho de volver a su puesto de trabajo.
Al final de este perÃodo de un año, denominado PerÃodo de Reserva, cualquiera de las partes podrá dar por terminado el contrato de trabajo sin ningún tipo de obligación de indemnización por despido.
Los empleadores están obligados a proporcionar el 100% del salario durante un máximo de tres meses a los empleados con menos de cinco años de servicio; hasta seis meses con al menos cinco años de servicio. La duración máxima de las prestaciones en efectivo se duplica para los trabajadores con cargas familiares.
El perÃodo de conservación del empleo es un plazo de suspensión del contrato de trabajo, si bien el trabajador no tiene derecho a percibir remuneración, debe ser considerado tiempo de servicio y computado como antigüedad en el empleo para la determinación de los beneficios que surjan de la ley, los convenios colectivos y los estatutos profesionales.
Sin embargo, para establecer el monto de las remuneraciones para el cálculo de las indemnizaciones no se toman en cuenta los salarios que hubiera percibido el trabajador de no haber existido la suspensión.
En el caso que el empleado regrese a trabajar, pero hay una reducción permanente de su capacidad para llevar a cabo las tareas anteriores, el empleador deberá asignar la tarea de acuerdo a su capacidad de trabajo sin reducir su salario. Si el empleador no puede proporcionar dicha tarea, la relación de trabajo termina y el empleador tiene que pagar la mitad de la indemnización de antigüedad al trabajador. En caso que el empleador no asigne una posición voluntariamente al trabajador, tiene que pagar toda la indemnización por antigüedad. Lo mismo por despido, se tiene que pagar al empleado cuando, como consecuencia de la enfermedad o accidente, él / ella pierde toda su capacidad para trabajar.
El trabajador está obligado a someterse al control que se efectúe por el facultativo (medico/enfermero) designado por el empleador.
Fuentes: Arts. 208-212 de la Ley de Contrato de Trabajo, No. 20.744 de 1976)
Remuneración
La remuneración que corresponde al trabajador, debe ser liquidada conforme a lo que percibÃa en el momento de interrupción de sus servicios. Por lo tanto, todo tipo de adicional que el trabajador perciba se encuentran comprendidos dentro de las remuneraciones, ya sean fijas o variables.
Por lo tanto, durante la licencia por enfermedad, deberá percibir:
- la misma remuneración que percibÃa al momento de la interrupción de los servicios.
- los aumentos que durante el perÃodo de licencia fueran acordados para su categorÃa (en otras palabras se aplican los incrementos salariales durante la licencia)
- las remuneraciones adicionales al salario básico (Premio por presentismo, antigüedad, etc).
- las remuneraciones variables (horas extras)
- el valor respectivo a las prestaciones en especie,
- Para las remuneraciones variables se tomará el promedio de los últimos 6 meses.
Atención médica
No se proporciona información sobre beneficios médicos bajo la ley. Las prestaciones médicas están disponibles para los trabajadores asegurados (incluyendo dependientes), los jubilados y los que reciben prestaciones por desempleo. Para los trabajadores en paro, la cobertura se extiende durante 3 meses si el trabajador asegurado tiene más de 3 meses de servicio continuo. Las prestaciones médicas incluyen gastos médicos, hospitalarios y de atención dental. Los medicamentos se dispensan de forma gratuita (como en el embarazo) o el trabajador asegurado tiene que compartir el costo de la medicina.
El sistema de salud, administrado por la Administración Nacional de la Seguridad Social, se financia con contribuciones de los trabajadores y empleadores. La contribución del empleador es del 6% del salario del trabajador, mientras que la contribución del empleado es del 3% del salario. Un 1,5% adicional del salario del empleado es pagado por el trabajador por cada familiar beneficiario cubierto por el plan de salud.
Derechos de los trabajadores no estándar - trabajadores de la plataforma a la atención médica
Los trabajadores independientes o los contratistas independientes tienen acceso a beneficios médicos. Deben pagar contribuciones basadas en el 5% de los ingresos de referencia basados en cinco categorÃas de ingresos para la mayorÃa de las categorÃas de trabajadores independientes (asignados al programa que cubre a jubilados y jubilados [INSSJyP]). Los pequeños contribuyentes inscritos en el programa Monotributo Social pagan una contribución cada mes y una cantidad similar al mes por cada miembro adicional de la familia.
Los beneficios médicos incluyen atención médica, hospitalaria, dental y paliativa; rehabilitación; prótesis y transporte hacia y desde el hospital a casa.
Estabilidad laboral
De acuerdo con la Ley de Contrato de Trabajo, el empleo de un trabajador es seguro durante el término de su licencia por enfermedad. El perÃodo mÃnimo de una licencia por enfermedad (pagada + no remunerada) es de 15 meses (12+3 meses), mientras que el plazo máximo es de 24 meses. Es sólo al final de este perÃodo que el empleador puede rescindir el contrato de un trabajador si él/ella es todavÃa incapaz de incorporarse al trabajo.
En cambio, durante la licencia por accidentes o enfermedades laborales, el empleador solo debe abonar los primeros 10 dÃas de licencia, a partir del dÃa 11, es la Aseguradora de Riesgos del Trabajo (ART), quien debe abonar la prestación.
Fuentes: Art. 211 de la Ley de Contrato de Trabajo, No. 20744, 1976
Regulaciones sobre licencia por enfermedad
Ley de Contrato de Trabajo, No. 20.744, 1976 / Employment Contract Act, No. 20.744, 1976
Ley sobre Riesgos del Trabajo No. 24,557, 1995 / Workers' Compensation Law No. 24,557, 1995
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