Noticias

domingo, 19 de julio de 2020

Cómo funciona el régimen de retenciones de AFIP

Para hacerlo fácil, una retención es un monto que se nos descuenta al momento de cobrar una factura a un cliente. Este monto significa un adelanto de un impuesto que nos corresponde pagar. Para que se nos retenga este dinero, nuestro cliente debe ser agente de retención, es decir, haber sido designado por AFIP para realizar este descuento. Los bancos, por ejemplo, suelen ser agentes de retención. Existen retenciones de Ganancias, de IVA, y de Ingresos Brutos.


Cuando se nos descuenta ese dinero, ese importe se convierte en crédito fiscal, es decir, que podremos utilizarlo a favor para el próximo pago del impuesto sobre el cual se nos realizó la retención.

Retenciones para el Impuesto a las Ganancias 2020
AFIP establece, cada año, una tabla de valores con los montos mínimos a partir de los cuales se pueden realizar retenciones a distintas operaciones comerciales. Tené en cuenta que una retención puede realizarse más allá de si la persona se encuentre o no inscripta en Ganancias, ya que lo que AFIP tiene en cuenta es el monto de la operación en sí.

 Estas son las principales actualizaciones para el régimen de retenciones Ganancias 2020:

Alquileres de inmuebles: se realizará la retención de Ganancias en montos que superen los $11,200.
Interés accionario, excedentes y retornos distribuidos entre miembros de una sociedad: a partir de $7,870.
Transferencia de bienes muebles, derechos de llaves, patentes, marcas: a partir de $224,000.
Explotación de derechos de autor: desde $10,000.
Operaciones de transporte de carga nacional e internacional: desde $67,170.
Locaciones de obra y/o servicios no ejecutados en relación de dependencia: desde $67,170.

Podés consultar acá la tabla entera de Retenciones Ganancias 2020.

Percepciones y retenciones de IVA en 2020

Algunas empresas pueden ser designadas por AFIP como “Agente recaudador”. El término significa que aquella empresa está obligada a percibir (de tu compra) o retener (de tu venta) un monto adicional de IVA (u otro impuesto, por ej. Ingresos Brutos) en concepto de impuesto adelantado. Por, ejemplo, Mercado Libre es agente de percepción en distintos regímenes. Generalmente el monto es del 3% de la factura.

Percepción de IVA: Si un proveedor tuyo es agente de percepción, deberá percibir un adicional del total de la factura que te emitió y deberás pagar más.
Para justificar el monto que te fue percibido podrás presentar como comprobante la misma factura. La percepción se realiza en el momento de la compra y vos la pagas cuando cancelas la factura.

Retención de IVA: Si un cliente tuyo es agente de retención, deberá retener una parte del total de la factura que le emitiste y pagarte menos.

Para justificar el monto que te fue retenido, tu cliente te deberá entregar como comprobante un “certificado de retención”. El mismo especifica qué impuesto te retiene, y el monto. Con este comprobante podrás deducir del mismo impuesto el monto retenido.

Percepciones de AFIP en Mercado Libre y Mercado Pago

Si utilizás plataformas digitales como Mercado Libre o Mercado Pago para vender tus productos o servicios, es importante que estés al tanto de los cambios y novedades en las normativas. Desde el 1º de noviembre de 2019, entró en vigencia una resolución de AFIP según la cual se comenzarán a aplicar percepciones de IVA sobre los cargos de Mercado Libre y Mercado Pago. Cuando hablamos de percepciones, nos referimos a un importe que se te descontará de tu dinero facturado, en concepto de impuestos de AFIP.

¿Quiénes tienen percepciones en Mercado Libre y Mercado Pago?
Desde noviembre 2019, AFIP inició el cobro de percepciones de IVA por la facturación generada en las plataformas de comercio digital. Pero no todos los vendedores entran dentro de esta nueva resolución. Solamente aplican los que cumplan con estas tres condiciones:


  1. Ser Responsables Inscriptos
  2. Realizar más de 10 ventas por mes
  3. Superar los $50.000 de facturación mensual


¿Cuál es el porcentaje de la percepción?
Afip aplica dos alícuotas distintas en las percepciones a las ventas por Mercado Libre y Mercado Pago:

Alícuota del 3% sobre los cargos facturados: si el CUIT del vendedor no figura dentro del padrón de Agentes de Percepción de IVA ni dentro del padrón de Promoción y Exentos.
Alícuota del 1,5% sobre los cargos facturados: si el CUIT del vendedor no está dentro del padrón de Agente de Percepción de IVA, pero está al 50% en el padrón de Promoción y Exentos.
Percepciones Mercado Libre y Mercado Pago
¿Cómo cobran las percepciones?
Las percepciones de IVA de AFIP se aplican a partir de la transacción número 11, siempre y cuando la facturación total supere los $50.000. No se cobran sobre cada venta de forma individual, sino sobre la totalidad de cargos que el vendedor realizó en todo el período mensual. Este importe se descuenta automáticamente del dinero que la persona tenga en la cuenta.

¿Dónde se pueden visualizar estos cargos?
En el caso de Mercado Libre, las percepciones quedarán registradas en el resumen de facturación (ingresar a “cargos”, y luego a “impuestos”). Para Mercado Pago, elegir la opción “Informes-Balance”.

Es importante destacar que, además de Mercado Libre y Mercado Pago, esta nueva normativa se aplica sobre todas las plataformas de ecommerce, como por ejemplo, Tienda Nube, y sobre todas las transacciones realizadas con billeteras virtuales, como Todo Pago y PayU.

¿A partir de que monto empiezo a pagar Ganancias 2020?

El aumento del mínimo no imponible para este 2020 fue de un 45% respecto al año anterior. Los criterios que usó el gobierno para este aumento se basaron en el índice salarial RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables). Este índice marcó una variable promedio de los salarios, entre octubre de 2018 y octubre de 2019, que ronda el 45% (de ahí el aumento en el mínimo no imponible).

Los principales grupos quedarían sujetos a los siguientes descuentos:

Para los trabajadores solteros, deberán pagar Impuesto a las Ganancias aquellos cuyo salario neto mensual supere los $55.261.
Los empleados casados con un sólo hijo pagarán el impuesto a partir de una remuneración neta mensual de $64.145.
Los empleados casados que tengan dos hijos lo harán a partir de los $73.014.



Fuente: AFIP y CALIM (calcula tus impuestos)

No hay comentarios:

Publicar un comentario