Los casos más frecuentes son:
1″) el de los menores no emancipados que estén sometidos a la patria potestad/responsabilidad parental;
2″) la de los incapaces o incapacitados, sujetos a tutela (incapacidad total) o curatela (incapacidad determinada);
3″) los ausentes;
4′) los concebidos, en lo que les pueda ser favorable, para el supuesto de nacer con vida;
5″) las personas abstractas en general (sociedades, asociaciones civiles, personas jurídicas en general);
57″) ciertos patrimonios, como la herencia yacente y la masa de la quiebra
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