Partes: De Colera Luis Diego c/ Volkswagen S.A. de Ahorro para Fines Determinados y otros s/ contratos y Daños – Planes de Ahorro y Concesionarias
Tribunal: Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo, Tributario y de Relaciones de Consumo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: IV
Fecha: 10 de febrero de 2026
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-159111-AR|MJJ159111|MJJ159111
Voces: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR – COMPRAVENTA DE AUTOMOTORES – INCUMPLIMIENTO CONTRACTUAL – DAÑOS Y PERJUICIOS – DEBER DE INFORMACIÓN – DAÑO MORAL – RESCISIÓN DEL CONTRATO – RELACIÓN DE CONSUMO
Procedencia de la rescisión de un contrato de ahorro previo y la indemnización de los daños causados por incumplimiento de la oferta y del deber de información. Cuadro de rubros indemnizatorios.
Sumario:
1.-La entidad administradora no puede eximirse de responsabilidad alegando que desconocía las bonificaciones o promociones efectuadas por la concesionaria, en tanto su obligación se extiende objetivamente a los hechos de sus intermediarios, ya que actúan en el marco del sistema de comercialización, resultando irrelevante que tales actos se hayan ejecutado sin su intervención directa.
2.-Resulta palmaria la conducta negligente desplegada por la concesionaria, quien brindó información errónea e incompleta, orientada únicamente a obtener beneficio económico en perjuicio de la persona consumidora y sus legítimos intereses, valiéndose de la complejidad técnica del contrato y de su posición de superioridad informativa y profesional.
3.-Corresponde admitir la indemnización del daño moral, toda vez que se advierte el padecimiento espiritual alegado por el actor, como así también la frustración ocasionada por la suscripción de un contrato complejo con condiciones distintas a las ofertadas, la imposibilidad de obtener el vehículo conforme lo pactado, los reclamos que debió efectuar y la falta de respuesta a ellos, las aflicciones derivadas de la particular situación, la pérdida de tiempo, el cansancio, y las molestias de tener que demandar para ser resarcido por la absoluta falta de reconocimiento de las demandadas.