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jueves, 15 de octubre de 2026

#Fallos El hecho de que el imputado cuente con una declaración de incapacidad a raíz de un retraso mental leve no permite concluir que sea inimputable

 Partes: C. G. R. y otro s/ intimidación pública. Denunciante: C. G. L. y otro


Tribunal: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Tucumán


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación:


Fecha: 16 de septiembre de 2026


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-161191-AR|MJJ161191|MJJ161191


Voces: INIMPUTABILIDAD – INCAPACIDAD – INTIMIDACIÓN PÚBLICA


El hecho de que el imputado cuente con una declaración de incapacidad a raíz de un retraso mental leve no permite concluir que sea inimputable.


Sumario:

1.-Si bien el imputado cuenta con una declaración de incapacidad, esa declaración dispone limitaciones vinculadas solo respecto a la celebración de ciertos actos jurídicos (celebrar actos jurídicos relevantes, efectuar y/o tomar decisiones respecto de trámites administrativos/financieros complejos, prestar consentimiento respecto de la conveniencia de tratamientos terapéuticos/médicos/farmacológicos), a raíz de un retraso metal leve, por lo cual la resolución judicial aludida, de ningún modo nos conduce a la conclusión de un obrar en los términos del art. 34, inc. 1° del CPen., dado que se trata de dos planos disímiles.


2.-El art. 2 de la Ley 23.592 (contra actos discriminatorios) dispone: ‘Elévase en un tercio el mínimo y en un medio el máximo de la escala penal de todo delito reprimido por el CPen. o Leyes complementarias cuando sea cometido por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad, o con el objeto de destruir en todo o en parte a un grupo nacional, étnico, racial o religioso…’, lo cual supone que lo sustancial para que se configure el agravante es que el autor haya actuado con el móvil referido en la norma (‘por persecución u odio a una raza, religión o nacionalidad, o con el objeto de destruir en todo o en parte a un grupo nacional, étnico, racial o religioso’), y dicho elemento ha quedado acreditado en tanto los imputados obraron bajo ideales del nazismo, que representan hostilidad, discriminación y violencia, todos sentimientos destructivos de los valores democráticos y de la convivencia pacífica.