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viernes, 29 de mayo de 2026

Vía pública: No hay una violación al derecho a la intimidad, pues las imágenes del domicilio, obtenidas en ‘Google Street View’ son las que puede ver cualquier persona que circule por la zona

 Partes: T. D. J. c/Google Argentina S.R.L. y otro s/ daños y perjuicios


Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil y Comercial Federal


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: III


Fecha: 26 de marzo de 2026


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-159354-AR|MJJ159354|MJJ159354


Voces: BUSCADORES DE INTERNET – DAÑOS Y PERJUICIOS – RECHAZO DE LA DEMANDA – DERECHO A LA INTIMIDAD – ROBO


No hay una violación al derecho a la intimidad del actor, pues las imágenes donde se ve el frente de su domicilio, obtenidas en el servicio ‘Google Street View’ no difieren de las que puede ver cualquier persona que circule por la zona.


Sumario:

1.-Corresponde confirmar el rechazo de la demanda promovida contra el buscador de internet, que tenía por objeto el resarcimiento de los daños y perjuicios en razón de haber sido víctima de violaciones continuadas a su derecho personalísimo, lesionado en su intimidad personal, familiar e imagen, producido a raíz de la edición, publicación, transmisión y difusión de imágenes de su domicilio particular en el servicio ‘Google Street View’ pues el actor simplemente insiste con su idea inicial de que las fotografías publicadas a través de tal servicio, violan su derecho a la intimidad.


2.-El actor insiste en la responsabilidad de la demandada a partir de la publicación de su vivienda en el servicio ‘Google Street View’ pero en esa insistencia omite, entre otras cosas, hacerse cargo de las conclusiones a las que arriba el fallo que tuvo como base las imágenes y el peritaje informático; en efecto, se consideró acreditado que al realizar una búsqueda a través de una dirección determinada se observa un proceso de difuminación o ‘blur’ en las imágenes, que no permite identificar rostros, patentes o números de vivienda.


3.-No hay en el caso una violación al derecho a la intimidad del actor, teniendo en cuenta que las imágenes obtenidas en el servicio ‘Google Street View’ no difieren de las que puede ver cualquier persona que circule por la zona; máxime siendo que no se visualiza de las imágenes con claridad el interior de los inmuebles, ni del garaje, así como tampoco puede identificarse la patente del vehículo del actor.


4.-Respecto de la vinculación entre las fotografías y los robos que habría sufrido el actor, no hay agravio que analizar porque parte de considerar ilícitas las tomas, lo cual quedó descartado, por lo cual no hay sustento para ningún análisis diferente al efectuado por el juez de grado.