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lunes, 4 de mayo de 2026

Negligencia bancaria: Se indemniza a un cliente por el embargo basado en firmas falsas que impidió vender un inmueble de su propiedad

 Partes: Lucas Mónica Elena y otro c/ Banco de Galicia y Buenos Aires SAU s/ ordinario


Tribunal: Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial


Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: C


Fecha: 4 de marzo de 2026


Colección: Fallos


Cita: MJ-JU-M-159117-AR|MJJ159117|MJJ159117


Voces: DAÑOS Y PERJUICIOS – DAÑO MORAL – MEDIDAS CAUTELARES – RESPONSABILIDAD BANCARIA – INTERESES – TASA DE INTERÉS – EMBARGO


Responsabilidad del banco por el indebido embargo del inmueble de propiedad de un cliente.


Sumario:

1.-El banco demandado debe abonar una indemnización por daño moral pues en el caso no cabe duda que el episodio padecido por los actores excedió una mera molestia o incomodidad, ya que sufrieron el embargo indebido del inmueble de su propiedad, lo que frustró una concreta operación de venta y obligó al codemandado a pagar la comisión a la martillera interviniente y a devolver al comprador la seña doblada por un negocio que, en definitiva, no se pudo llevar a cabo por culpa de la entidad bancaria.


2.-Los intereses devengados por la mora en el pago de obligaciones contraídas en ‘monedas constantes’, usualmente dólares estadounidenses, se determinan según una tasa del 6% anual, no capitalizable.