La normativa establece la creación de un Registro de Bienes Muebles Usados de acceso público y digital
El Gobierno de Alfredo Cornejo emitió este jueves el decreto 492, en el que reglamenta la Ley 9556 que establece el Sistema Provincial de Control, Registro y Sanción para la compra y venta de bienes muebles usados. La medida, publicada en el Boletín Oficial, busca garantizar la trazabilidad de estos bienes y combatir el comercio ilegal, en particular el mercado de bienes robados.
La normativa, impulsada por el Ministerio de Seguridad y Justicia, establece la creación de un Registro de Bienes Muebles Usados de acceso público y digital. Este será administrado por la propia cartera y garantizará la interoperabilidad con otros organismos públicos, permitiendo a las autoridades realizar inspecciones y fiscalizaciones de manera más eficiente.
Asimismo, cualquier ciudadano podrá consultar la base de datos para verificar la legitimidad de un bien antes de adquirirlo, evitando así caer en compras de productos de dudosa procedencia.
Según lo dispuesto, el sistema será de fácil ejecución y estará diseñado para facilitar la carga de información, asegurando el cumplimiento de la norma sin generar trabas burocráticas excesivas para los comerciantes.
Desde el gobierno provincial argumentan que esta medida permitirá frenar la venta de bienes robados, afectando la cadena delictiva de comercialización y brindando mayor seguridad a los consumidores. La implementación del registro no solo facilitará la identificación de productos robados, sino que también funcionará como un incentivo para que los comerciantes formalicen su actividad y operen dentro del marco legal.
Sin embargo, en la cartera que encabeza Mercedes Rus señalan que la efectividad de la medida dependerá en gran medida de su implementación práctica y del compromiso de los comerciantes. Para ello, se prevé una serie de capacitaciones y campañas de difusión con el objetivo de informar a los vendedores sobre sus nuevas obligaciones y el funcionamiento del sistema de registro.
Por otro lado, el decreto establece que los comerciantes tendrán un plazo de 30 días para registrar su stock en el sistema. Pasado este período, los bienes no registrados podrán ser secuestrados y los infractores sancionados con multas o clausuras, dependiendo de la gravedad de la falta.
Con esta iniciativa, Mendoza se suma a otras jurisdicciones del país que han implementado sistemas de control sobre la comercialización de bienes usados. Provincias como Buenos Aires y Córdoba ya cuentan con normativas similares, buscando mayor transparencia y seguridad en el sector.
Puntos clave de la reglamentación
Entre los aspectos más destacados del decreto, se encuentran:
Obligatoriedad de inscripción: los comercios y personas que comercialicen bienes usados deberán inscribirse en el registro, aportando información como datos personales, constancia de habilitación municipal y domicilio comercial. También deberán actualizar la información periódicamente para evitar inconsistencias en la base de datos.
Bienes alcanzados: la norma abarca celulares, relojes inteligentes, computadoras, televisores, cámaras fotográficas y bicicletas, entre otros. Estos bienes deberán registrarse con su número de serie, código de fabricación o cualquier otro identificador único que permita su trazabilidad y control.
Fiscalización y sanciones: el personal policial tendrá la facultad de secuestrar bienes en infracción y clausurar establecimientos que incumplan la normativa. Además, los municipios deberán establecer depósitos específicos para almacenar bienes secuestrados. En caso de subasta o destrucción de estos bienes, se seguirán los lineamientos establecidos en la Ley N° 8018.
Código Único de Verificación (CUV): cada bien registrado obtendrá un código irrepetible que permitirá conocer su historial y facilitar su identificación en futuras inspecciones. Este mecanismo será clave para evitar la reventa de productos robados y brindar mayor seguridad a compradores y comerciantes legítimos.
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