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jueves, 27 de marzo de 2025

ARCA dispuso que desde abril todos los comercios deberán discriminar el IVA en las facturas

La decisión, según ARCA, permitirá conocer "la presión fiscal" sobre el precio final. Qué contribuyentes ya desagregan IVA en facturas



Aunque desde enero empezaron a hacerlo las grandes empresas, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), ex AFIP, dispuso la obligatoriedad de detallar el Impuesto al Valor Agregado (IVA) en todas las facturas de bienes y servicios a partir del 1 de abril.


Mendoza y otras cuatro provincias -La Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Chubut, Entre Ríos y Misiones- ya adhirieron a la normativa.


Lo hizo a través de una disposición que se anunció este jueves. Según informó ARCA, todos los vendedores de bienes y servicios deberán incluir en un apartado específico de sus tickets el monto correspondiente al impuesto.


Previamente, desde enero la obligación de discriminar el IVA había empezado a regir para las grandes empresas.




Sin embargo, los contribuyentes que emitían comprobantes mediante facturas electrónicas a través de sistemas como Facturador Móvil o Comprobantes en Línea, ya contaban con la opción de discriminar el IVA en sus comprobantes de compra.


Facturas discriminadas para todos

Esta medida, que se extiende a "todo el universo de contribuyentes”, forma parte del cronograma dispuesto por ARCA para la implementación del régimen de transparencia fiscal.


De ese modo, los consumidores podrán visualizar de forma clara y transparente “la presión fiscal que incide sobre el precio final de los productos”.


Se especificó que los comprobantes deberán mostrar en un apartado del ticket el desglose del IVA y los impuestos internos en el campo "Otros impuestos nacionales indirectos”.


ARCA aclaró que "el consumidor final no debe hacer ninguna operación”.


Se indicó que en la factura o ticket de compra se debe leer la leyenda “Régimen de Transparencia Fiscal al Consumidor Ley 27.743, donde estarán discriminados los impuestos anteriormente detallados”.

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