Con la promulgación este martes de la Ley 9.587, el plazo de las licencias de conducir para conductores no profesionales se extiende a una década
A partir de este martes, la Ley 9.587 extiende la duración de las licencias de conducir en Mendoza. Según lo dispuesto, las licencias para conductores no profesionales menores de 65 años tendrán una vigencia de diez años. Esta nueva legislación fue publicada en el Boletín Oficial y es parte de los cambios implementados en la Ley de Tránsito N° 9.024 de la provincia.
Vigencia según la edad y antecedentes del conductor
La normativa establece diferentes plazos de vigencia según la edad del conductor y sus antecedentes de tránsito. Así, las licencias se otorgarán por diez años a quienes tengan hasta 65 años. Sin embargo, para conductores de entre 66 y 75 años, el plazo será de cinco años, mientras que a partir de los 76 años, la licencia se renovará cada tres años.
Además, aquellos conductores con antecedentes de infracciones graves o condenas por conducción imprudente tendrán plazos de renovación más cortos, limitados a cinco años.
Requisitos para renovar la licencia en Mendoza
La ley también detalla los requisitos para la renovación de la licencia de conducir. Los conductores deberán presentar un certificado de libre deuda de infracciones, un certificado médico psicofísico que acredite su aptitud para manejar y declarar que no padecen condiciones médicas que afecten su capacidad de conducción. Además, aquellos mayores de 65 años tendrán un descuento del 50% en el costo de la renovación.
En caso de que hayan pasado más de 12 meses desde el vencimiento de la licencia, el trámite será considerado como una solicitud de nueva licencia y no una renovación.
Excepciones y vigencia de la ley
El personal de la Policía de Mendoza y del Servicio Penitenciario Provincial, quienes cumplen funciones como choferes o motoristas, estarán exentos de los costos de renovación de sus licencias, y no se les exigirá experiencia previa en categorías menores para acceder a licencias Clase D.
La ley entrará en vigencia una vez que el Poder Ejecutivo reglamente su aplicación a través de la Unidad Ejecutiva de Seguridad Vial. Esto permitirá implementar las modificaciones en el sistema de licencias y garantizar que los conductores puedan adaptarse a las nuevas disposiciones.
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