Partes: G. M. c/ Aerolíneas Argentinas S.A. s/ Ley de Defensa del Consumidor
Tribunal: Juzgado Federal de Mendoza
Sala / Juzgado / Circunscripción / Nominación: II
Fecha: 3 de septiembre de 2024
Colección: Fallos
Cita: MJ-JU-M-153532-AR|MJJ153532|MJJ153532
Voces: PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR – DAÑOS Y PERJUICIOS – LÍNEAS AÉREAS
Se rechaza una demanda de daños contra una aerolínea ya que, la muerte del pasajero -cuyo dinero del pasaje se pide reintegrar- nunca le fue comunicada.
Sumario:
1.-La demanda de daños debe rechazarse, ya que, aun cuando hubiera alguna previsión, lo cierto es que la actora no puso en conocimiento de la aerolínea demandada el hecho posterior imposibilitante de viajar, ya que la muerte del titular del pasaje fue comunicada a la empresa mucho tiempo después; distinta es la relación que tenía la actora con la operadora de turismo, quien -pasado un tiempo- tuvo conocimiento del lamentable suceso.
2.-El billete de avión es prueba del contrato de transporte aéreo, pero de el no se desprende si estaba prevista algún tipo de restitución o modificación del viaje para estos supuestos.
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