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sábado, 28 de septiembre de 2024

La justicia del trabajo suspende los efectos de los decretos por los cuales se limita el ejercicio a la huelga en la actividad aeronáutica

En autos «Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas c/ Estado Nacional, Poder Ejecutivo Nacional s/ Acción de Amparo» el JNT N° 42 hizo lugar a la medida cautelar innovativa solicitada por la actora Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas (APLA) y en consecuencia, suspende los efectos de los decretos N° 825/2024 y 831/2024 respecto de la Asociación y de los trabajadores comprendidos dentro del ámbito de representación personal de dicha asociación sindical por el plazo de 3 meses.



La acción de amparo se inició pues la Asociación actora plantea que la normativa que cuestiona impone una limitación a la huelga en la actividad aeronáutica luego de que el DNU N° 70/23 se declarara dicha actividad como esencial.


Asociación de Pilotos de Líneas Aéreas c/ Estado Nacional- Poder Ejecutivo Nacional s/acción de amparo – Juzgado Nacional de 1ra. Instancia del Trabajo N° 42 – 25 de septiembre de 2024