En autos «Cordini Juncos, MartÃn Alejandro y otros c/ Comisión Nacional de Regulación de Transporte s/ despido», si bien se rechaza la existencia de un despido discriminatorio por razones polÃticas, la Sala II de la CNAT se manifestó respecto de la aplicación temporal de la Ley Bases 27.742. Textualmente, del voto de la Dra. Andrea E. GarcÃa Vior, al que adhiere el Dr. José Alejandro Sudera, se extrae que:
«A esta altura del análisis de la controversia y en vista de la entrada en vigencia (parcial) de la ley 27742 (B.O. 8/7/2024) creo necesario señalar que el derecho al cobro de las indemnizaciones y agravamientos indemnizatorios reclamados en función de las leyes 25323 y 25345 (esta último modificatoria del art 80 LCT antes citado), ha quedado perfeccionado en el caso con notoria anterioridad a la entrada en vigencia de la nueva normativa, por lo que siendo la sentencia emitida al respecto declarativa y no constitutiva de derechos, se ha aplicado al presente la normativa vigente al tiempo de sucederse los hechos sometidos a juzgamiento.»
Cordini Juncos, MartÃn Alejandro y otros c/ Comisión Nacional de Regulación de Transporte s/ despido – CNAT Sala II – 08/08/2024
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