Se ordena la suspensión del usuario de la Red Social Tik Tok hasta tanto cumpla con su deuda alimentaria, haciéndole saber a la red social mencionada que deberá abstenerse de dar altas a nuevos usuarios a nombre del demandado, el juzgado debió adjuntar la notificación por medio de un aplicativo de la propia firma.
R. M. C. B. C/ M. C. G. S/ ALIMENTOS – Juzgado de Familia 9 de Morón
